Seguridad Social

Atención pensionistas: estos son los trabajadores que pueden jubilarse a los 55 años y cobrar el 100% de la cuantía

Si bien la edad jubilatoria fijada por la Seguridad Social es a los 66 años, existen trabajadores que pueden solicitar una jubilación anticipada.

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La edad jubilatoria en España se encuentra establecida en los 66 años y dos meses. Sin embargo, existen algunas excepciones en las que los trabajadores pueden cesar su actividad antes. Más precisamente, pueden acceder a una pensión jubilatoria a los 55 años y percibir el 100% de la cuantía.

Tal y como lo establece la Seguridad Social, es necesario que los ciudadanos hayan cotizado un mínimo de 15 años para poder recibir una pensión. No obstante, determinadas áreas tienen la posibilidad de acceder a una pensión anticipada. A continuación, te contamos quienes son. 

¿Quiénes son los trabajadores que se pueden jubilar a los 55 años?

En concreto, los profesionales taurinos pueden retirarse del mercado laboral a los 55 años. Se considera como profesional taurino a los trabajadores que residas y ejerzan en España la actividad de:

Imagen ilustrativa: Pixabay.
  • Matador de toros o de novillos.
  • Rejoneador.
  • Sobresaliente.
  • Banderillero, Picador y Subalterno de rejones.
  • Mozo de estoque y de rejones.
  • Puntillero.
  • Torero cómico.

Según el Instituto BBVA de pensiones, quienes se podrán jubilar a los 55 años de edad, son los matadores de toros o de novillos, los sobresalientes, los banderilleros, picadores y subalternos de rejones, y los toreros cómicos. 

En cambio, corresponde la jubilación a los 60 años para los mozos de estoque y de rejones, sus ayudantes y puntilleros.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la jubilación anticipada?

Las personas que hayan cotizado en alguno de los regímenes de la Seguridad Social o sean trabajadores del Estado podrán beneficiarse de una jubilación anticipada al cumplir los 63 años, si cumplen los requisitos necesarios.

Los españoles y españolas que integran las "clases pasivas del Estado" son los trabajadores de prácticas de la Administración General del Estado, de la de Justicia, los funcionarios en carrera, los militares de carrera, quienes pertenezcan a las Cortes Generales o sean exfuncionarios del Gobierno.

Según lo establece la Seguridad Social, aquellas personas que hayan desempeñado alguna de estas actividades, podrán acceder a una jubilación anticipada, siempre y cuando cumplan con los 30 años de servicio que requiere el Estado español. 

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