

Los jubilados que cobran una pensión de la Seguridad Social española y residen fuera de España tienen una obligación durante septiembre para mantener el cobro de su prestación. Se trata de la fe de vida, un documento que permite acreditar ante las autoridades españolas que el beneficiario continúa con vida.
La medida alcanza a los pensionistas españoles que viven en el extranjero, incluidos quienes tienen su residencia en Argentina y/o México. El trámite cuenta con distintas vías de presentación y tiene un plazo específico que los beneficiarios deben respetar para evitar inconvenientes con el pago de la pensión.
¿Qué documento deben presentar los jubilados que viven en Argentina y otros países?
La Seguridad Social española exige a los pensionistas residentes en el extranjero que acrediten periódicamente su vivencia. Para ello, deben presentar una fe de vida o certificado de vivencia, que permite confirmar que el beneficiario continúa con derecho a percibir la pensión.

En 2026, la acreditación debe realizarse en dos períodos del año. El primero tuvo lugar entre enero y marzo, mientras que el segundo comenzó el 1 de septiembre y se extiende hasta el 30 de septiembre.
Por ese motivo, los jubilados que cobran una pensión española y viven fuera del país deben prestar especial atención a este mes. La falta de acreditación dentro del período establecido puede generar la suspensión del pago de la pensión hasta que se regularice la situación.
¿Cómo pueden hacer la fe de vida los pensionistas españoles desde el extranjero?
Una de las principales alternativas es VIVESS, la aplicación de la Seguridad Social española que permite acreditar la vivencia de manera remota. El sistema utiliza mecanismos de identificación biométrica y evita que el pensionista tenga que desplazarse hasta una oficina para completar el trámite.

También existe la posibilidad de realizar la acreditación ante los organismos españoles habilitados en el país de residencia. En Argentina, los pensionistas pueden recurrir a las autoridades consulares o a la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, según corresponda.
Los requisitos pueden variar de acuerdo con el país donde reside el beneficiario. En el caso de Argentina, la Consejería de Trabajo informa además sobre la posibilidad de presentar un certificado de fe de vida y estado civil emitido por un escribano, con la correspondiente Apostilla de La Haya.
La acreditación correspondiente al segundo período de 2026 debe realizarse antes del 30 de septiembre. Por eso, quienes todavía no hayan completado el trámite deben hacerlo dentro del plazo para evitar una interrupción en el cobro de su pensión española.


