Cuánto le costará al elector no ir a votar

Si bien existen casos donde se contempla la ausencia del votante y sólo es necesario realizar un trámite que lo justifique, aquellos que sin motivo decidan no emitir el sufragio deberán buscarse en el Registro de Infractores y pagar la multa correspondiente.

En la Argentina, el sufragio es universal, secreto y obligatorio, por lo que no votar se considera una falta electoral y es pasible de sanciones y/o multas.

Si bien existen casos donde se contempla la ausencia del voto y solo es necesario realizar un trámite que lo justifique, aquellos votantes que sin motivo decidan no emitir el sufragio deberán buscarse en el Registro de Infractores y pagar la multa correspondiente.

En tanto, aquellos electores que no vayan a votar y tampoco paguen la multa correspondiente serán sancionados: no podrán realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales durante un año, según detalla la Cámara Electoral.

¿En qué casos no es obligatorio votar? 

Quienes se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde voten deben presentarse con el DNI el día de la elección ante la autoridad policial más cercana para que les extiendan una certificación escrita.

¿Cuanto sale no ir a votar?

En caso de no haber emitido voto en solo un acto electoral (primarias o generales) el valor de la multa será de $ 50.

En caso de que el elector se ausentase tanto en las PASO como en las generales de octubre, deberá abonar una multa de $ 100, que se acumularán a los $ 50 correspondientes a la primera infracción, es decir que abonará un total de $ 150 en concepto de multas .
 
¿Cuál es el destino de la multa?

El monto de las multas integra el Fondo Partidario Permanente que está a cargo del Ministerio del Interior.

¿Cómo se pagan las multas?

En primera instancia el elector debe constatar que se encuentra presente en el Registro de Infractores. Una vez realizada la consulta, el sistema le permitirá imprimir un comprobante para que pueda realizar el pago de la multa correspondiente.

La multa podrá ser pagada en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el cobro.

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