Vence el impuesto a la renta financiera: qué sucede si se paga fuera de término

Quienes obtuvieron rendimientos por encima de los $ 67.000 en 2018 deben abonar el tributo en cuestión.

Hoy es el último día para abonar el pago del impuesto a la renta financiera, el tributo que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó en febrero pasado a través de la Resolución 4468/2019,

De acuerdo al nuevo régimen, los contribuyentes que con sus inversiones realizadas durante 2018 hayan logrado rendimientos por encima de los $ 66.917,91 deberán pagar renta financiera.

Así los alcanzados los sujetos alcanzados por el gravamen debieron presentar sus declaraciones juradas hasta el 19 de junio para los CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3; hasta el 21 para 4, 5 y 6 y el 24 para 7, 8 y 9. Las fechas de pago, en tanto, se fijaron para los días 21, 24 y 25 de junio, respectivamente.

Días atrás, el organismo que preside Leandro Cuccioli dispuso una prórroga para la presentación de las declaraciones juradas y para el pago de Ganancias y Bienes Personales (cuyos vencimientos operan también este mes), pero en lo atinente al de Renta Financiera solo se aplazó la presentación de la declaración jurada, pero no los plazos de pago.

Por lo tanto debe abonarse en el cronograma fijado originalmente. ¿Qué sucede si se paga más allá de esas fechas?

Según explicó Sergio Biller, de González Fischer & Asoc. a El Cronista, al contribuyente se le aplicarán intereses resarcitorios, con una tasa de tendencia creciente que para junio será del 3,76% mensual, en tanto que entre julio y septiembre se mantendrá en el 4,73% mensual.

Pagar primero, presentar la DDJJ después

Con la prórroga dispuesta por la AFIP respecto de este impuesto, los contribuyentes se encuentan en la situación de abonar el impuesto antes de presentar la declaración jurada.

Sin embargo, no es la primera vez que esto sucede ya que los contadores pueden hacer los cálculos en sus papeles de trabajo y determinar de cuánto es la obligación a pagar, más allá de que los datos se le presenten al organismo con posterioridad. De esta manera, mientras que ya llegaron las fechas para abonar, las declaraciones pueden hacerse, en todos los casos, hasta el 19 de julio.

El impuesto a la renta financiera fue creado en 2017 por la Ley 27.430 y alcanza a quienes tuvieron ahorros puestos en un conjunto de inversiones durante 2018 y obtuvieron resultados superiores a $ 66.917,91.

Las alícuotas son de 5% en el caso de inversiones en pesos, o de 15% si la colocación fue en dólares o en una unidad ajustable por inflación, como el caso de depósitos a plazo fijo en UVA.

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