Toque de queda nocturno: la Provincia de Buenos Aires suspenderá las actividades de 1 a 6 de la madrugada en 118 municipios

Las restricciones comenzarán a regir desde este lunes. Para fiestas o reuniones que violen la normativa se prevén multas de hasta $ 3,3 millones.

La Provincia de Buenos Aires suspenderá las actividades comerciales, culturales y deportivas entre la 1 y las 6 de la madrugada en 118 de sus municipios a fin de mitigar la escalada de casos de coronavirus de las últimas semanas.

En los distritos en cuestión, que son los que se encuentran actualmente en fases 3 y 4, las restricciones entrarán en vigor este lunes 11. Solo 17 municipios -los que transitan fase 5- quedarán fuera de las medidas anunciadas por el gobierno de Axel Kicillof.

El comunicado oficial adelantó que se continuará empleando el sistema de fases vigente para la habilitación de actividades y servicios en los 135 distritos de la provincia, de acuerdo con su situación epidemiológica y sanitaria.

"En los municipios que se encuentran en fases 3 y 4 se suspenderá entre las 01.00 y las 06.00 horas toda actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa, exceptuando las actividades productivas manufactureras, agropecuarias y todas aquellas definidas como esenciales de acuerdo a la normativa vigente", precisó.

Reuniones sociales y transporte

El gobierno bonaerense dispuso, además, que se reduzcan las actividades sociales, recreativas y familiares a grupos de hasta 10 personas en espacios cerrados y abiertos.

Por otra parte, se restringirá el uso de transporte de pasajeros urbano a personas alcanzadas por las actividades y servicios definidos como esenciales.

En el caso de fiestas y/o reuniones que vulneren lo permitido legalmente, podrán aplicarse multas de hasta $ 3.364.000, tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen.

A tales efectos, las denuncias de fiestas clandestinas se reciben a través del 911 y de la línea (221) 429-3386, dispuesta por el Ministerio de Seguridad, la cual funciona viernes, sábados y domingos de 22 a 6, exclusivamente para este tipo de delitos.

Se insta, asimismo, a las autoridades municipales a que controlen el cumplimiento de la obligación de utilizar tapabocas, previsto en el Decreto N° 255/2020 y modificatorios, y la aplicación de las multas correspondientes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto-Ley N° 8841/77 y modificatorias.

Finalmente, en el caso de fiestas y/o reuniones que vulneren lo permitido legalmente en el marco de las medidas de “aislamiento social preventivo y obligatorio y de “distanciamiento social preventivo y obligatorio , además de las sanciones previstas en el artículo 205 del Código Penal, podrán aplicarse multas de hasta $ 3.364.000, tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen.

Los municipios con restricciones

Arrecifes, Balcarce, Bolívar, Lincoln, Lobería, Puán, Rauch, Salliqueló, Suipacha, 25 de Mayo, 9 de Julio, Adolfo Alsina, Alberti, Almirante Brown, Avellaneda, Ayacucho, Azul, Bahía Blanca, Baradero, Benito Juárez, Berazategui, Berisso, Bragado, Brandsen, Campana, Cañuelas, Capitán Sarmiento, Carlos Casares, Carmen de Areco, Chacabuco, Chascomús, Chivilcoy, Colón, Coronel de Marina, L. Rosales, Coronel Dorrego, Coronel Suárez Daireaux, Dolores, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Exaltación de la Cruz, Ezeiza, Florencio Varela, y Florentino Ameghino.

Además, General Alvarado, General Alvear, General Arenales, General Juan Madariaga, General La Madrid, General Las Heras, General Pinto, General Pueyrredón, General Rodríguez, General San Martín, General Viamonte, General Villegas, Hipólito Yrigoyen, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, Junín, La Costa, La Matanza, La Plata, Lanús, Laprida, Las Flores, Lobos, Lomas de Zamora, Luján, Magdalena, Maipú, Malvinas Argentinas, Mar Chiquita, Marcos Paz, Mercedes, Merlo, Monte, Monte Hermoso, Moreno, Morón, Navarro, Necochea,  y Olavarría.

Finalmente, Patagones, Pehuajó, Pellegrini, Pergamino, Pilar, Pinamar, Presidente Perón, Quilmes, Ramallo, Rivadavia, Rojas, Roque Pérez, Saavedra, Saladillo, Salto, San Andrés de Giles, San Antonio de Areco, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Nicolás, San Pedro, San Vicente, Tandil, Tigre, Tornquist, Trenque Lauquen, Tres Arroyos, Tres de Febrero, Tres Lomas, Vicente López, Villa Gesell y Zárate.

Municipios exentos

Adolfo Gonzales, Chaves, Carlos Tejedor, Castelli, Coronel Pringles, General Belgrano, General Guido, General Lavalle, General Paz, Guaminí, Leandro N. Alem, Lezama, Pila, Punta Indio, San Cayetano, Tapalqué, Tordillo y Villarino

 

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