Tabacaleras deberán informar a la AFIP el precio de venta de los cigarrillos
La decisión apunta a “optimizar la acción fiscalizadora y el control de las obligaciones fiscales de los contribuyentes y responsables .
Las empresas productoras de cigarrillos deberán informar desde el mes próximo a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) el precio de venta al público de sus productos, según la Resolución General 4012-E de ese organismo publicada hoy en el Boletín Oficial.
La decisión apunta a “optimizar la acción fiscalizadora y el control de las obligaciones fiscales de los contribuyentes y responsables , se indicó en los argumentos.
“Establécese un régimen de información a cargo de los sujetos que manufacturen cigarrillos respecto de la lista de precios de venta al público, así como el detalle y las características de las marquillas de cigarrillos que se elaboran, incluido el código numérico asignado a cada una de ellas , señala el artículo 1 de la norma.
Las empresas deberán comenzar a proveer la información requerida por la AFIP cinco días hábiles después de la entrada en vigencia de la norma, prevista para el próximo 1 de abril.
En caso de cambios en los precios de venta de los productos, “la nueva lista deberá suministrarse con una antelación mínima de 24 horas hábiles antes de su aplicación .
Las distintas listas de precios podrá ser consultada e impresa por el público en general a través del sitio web de la AFIP.
La decisión apunta a “optimizar la acción fiscalizadora y el control de las obligaciones fiscales de los contribuyentes y responsables , se indicó en los argumentos.
“Establécese un régimen de información a cargo de los sujetos que manufacturen cigarrillos respecto de la lista de precios de venta al público, así como el detalle y las características de las marquillas de cigarrillos que se elaboran, incluido el código numérico asignado a cada una de ellas , señala el artículo 1 de la norma.
Las empresas deberán comenzar a proveer la información requerida por la AFIP cinco días hábiles después de la entrada en vigencia de la norma, prevista para el próximo 1 de abril.
En caso de cambios en los precios de venta de los productos, “la nueva lista deberá suministrarse con una antelación mínima de 24 horas hábiles antes de su aplicación .
Las distintas listas de precios podrá ser consultada e impresa por el público en general a través del sitio web de la AFIP.
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