Súper cepo al dólar: ¿puede judicializarse? Qué dicen los expertos

Las nuevas restricciones a la compra de moneda extranjera generaron dudas sobre su legalidad. Los constitucionalistas aclaran si se trata de una doble imposición.

Ya rigen las nuevas medidas del Banco Central que impusieron mayores restricciones al acceso a monedas extranjeras. Esta nueva versión del cepo al dólar abre la puerta a posibles judicializaciones, del mismo modo que ocurrió con medidas de años anteriores. Tres abogados constitucionalistas analizan la norma desde el punto de vista legal.

En primer lugar, Andrés Gil Domínguez recuerda que “en este país nada es nuevo. Con el otro cepo hubo judicialización y todo fue para atrás . Es decir, si bien se planteó la cuestión, la Justicia no dio lugar. Igualmente, aporta una salvedad. Habría que “demostrar que se necesita para el ejercicio de un derecho de forma urgente que no está contemplado entre las excepciones .

Actualmente, el nuevo cepo impone un 30% del llamado “impuesto país y luego una percepción del 35%, que puede ser a cuenta del impuesto a las ganancias o bienes personales. En esta cuestión, Gil Domínguez sostiene que “no es una doble imposición, porque estás pagando ´a cuenta de´. Después se descuenta de ganancias, que también es una imposición. Pero no es doble, porque no te cobran por lo mismo .

Gil Domínguez, que es uno de los once miembros que integra el consejo consultivo creado para proponer cambios en la Justicia, se refiere también a la cuestión de la retroactividad, ya que algunas de las restricciones respecto a la tarjeta de crédito rigen desde el 1 de septiembre. “Puede significar un conflicto, pero sería mínimo. Esto se vio con los casos de judicialización del anterior cepo, este se está pareciendo mucho al anterior a 2015. Pero incluso este es más restrictivo, porque antes te daban plata para irte al exterior al tipo de cambio oficial , analiza.

Como conclusión, analiza que se trata de “una resolución de política cambiaria. Te afecta la vida pero no tus derechos . Además, recuerda que están exceptuadas las cuestiones de investigación, libros e insumos.

Gustavo Arballo, por su parte, considera que el tema puede judicializarse. Sin embargo, cree que “no es doble imposición por el truco de ´percepción a cuenta´ . Según su visión, este tema “históricamente ha sido avalado por la jurisprudencia. Aunque la jurisprudencia siempre puede cambiar .

Félix Lonigro, en tanto, observa que “todo se puede judicializar, pero para que prospere tiene que afectar de modo muy flagrante el derecho de la propiedad. Este no es el caso, a diferencia del impuesto a las riquezas, que es inconstitucional por donde se lo mire .

Respecto al 35% adicional del nuevo cepo, Lonigro agrega que cuando se realice la devolución “de acuerdo a cómo va la inflación puede ser insignificante. Esto podría afectar el derecho de propiedad. Pero es muy indirecto y no es fácil que la Justicia dé trámite favorable a este tipo de reclamos .

En conclusión, opina que “uno puede considerar estas medidas como incompetentes desde su efectividad. Pero en cuanto a lo jurídico, si uno tiene que buscar con lupa y no hay inconstitucionalidades flagrantes, es difícil que prospere .

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