Semana hot de presentaciones: últimos plazos para declaraciones de Ganancias y Bienes Personales

Luego de sucesivas prórrogas, entre el miércoles y el viernes de la semana próxima vence la presentación las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y el Impuesto sobre los Bienes Personales para las personas humanas. Tres días después será la última oportunidad de ingresar al miniplan de cuatro cuotas cualquier diferencia que resulte respecto del pago que venció en junio .

También vence el viernes 27 la presentación de la declaración informativa de Ganancias y Bienes Personales para trabajadores en relación de dependencia.

Originalmente, las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales para las personas humanas vencían entre el 11 y el 13 de junio, pero, a raíz de los diversos inconvenientes que presentó el nuevo sistema web de AFIP, se prorrogó un mes más la presentación, aunque no el pago, pasando a vencer entre el 11 y 13 de julio. Como los inconvenientes persistían, la AFIP volvió a prorrogar los vencimientos, estableciéndolos definitivamente entre el 25 y 27 de julio, recordó Ezequiel Passarelli, de la consultora SCI.

El escenario final de los vencimientos para personas humanas es el siguiente:

- Pago, entre el 11 y 13 de junio.

- Presentación, entre el 25 y 27 de julio.

A partir de esto, muchos contribuyentes tendrán que pagar intereses a una tasa del 3% mensual si finalmente la declaración jurada arroja una diferencia a favor de la AFIP.

Quienes quieran financiar el saldo a pagar en un plan de pagos, tienen que presentar la declaración jurada y adherir al plan antes del 31 de julio. Si la declaración jurada se presenta a partir del 1º de agosto, ya no se podrá pagar el saldo en cuotas.

En lo que respecta a los empleados en relación de dependencia, estos tienen un tratamiento especial y diferente, explicó Passarelli:

- Impuesto sobre los Bienes Personales - Empleados en relación de Dependencia:

Si al 31/12/2017 tenían bienes por más de $ 950.000 o están inscriptos en el impuesto, tienen que presentar declaración jurada por el servicio Bienes Personales Web.

Si al 31/12/2017 no tenían bienes por más de $ 950.000 y no están inscriptos en el impuesto, pero tuvieron ingresos durante el 2017 por más de $ 1 millón, tienen que presentar declaración jurada informativa por el servicio Ganancias Personas Humanas.

El resto de las personas no deben presentar nada.

- Impuesto a las Ganancias -Empleados en relación de Dependencia:

Si durante 2017 tuvieron ingresos por más de $ 1.000.000, tienen que presentar declaración jurada informativa por el servicio Ganancias Personas Humanas.

Sin embargo, si al presentar la declaración jurada informativa surge que tienen un saldo a pagar, tienen que presentar declaración jurada "común", también por el servicio Ganancias Personas Humanas.

Tener saldo a pagar se pueda dar por dos motivos, explicó Passarelli:

Además de los sueldos, tuvieron otros ingresos gravados (alquileres, honorarios profesionales o por ser directores de sociedades comerciales, por ejemplo).

El empleador no les retuvo oportunamente en el recibo de sueldo el 100% del impuesto que tenían que pagar, lo que puede ocurrir, por ejemplo, por no haber declarado pluriempleo.

El resto de las personas no tienen que presentar nada.

Passarelli subrayó que desde este ejercicio 2017, la declaración jurada informativa y la determinativa se unificaron en un mismo sistema, Ganancias Personas Humanas.

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