LAS CUENTAS ESPECIALES PARA EFECTIVO NO PAGAN BIENES PERSONALES

Se podrá seguir siendo monotributista aunque se blanquee una suma importante

Si un funcionario se divorció antes del 22/7 y luego se volvió a casar, las dos mujeres pueden ir al blanqueo, aunque en caso de no mediar el divorcio se quedarían afuera

Los monotributistas que ingresen al Sinceramiento no serán excluidos del Régimen Simplificado aunque blanqueen sumas importantes, según precisó la AFIP en su página de Internet.

En tanto, las cuentas especiales para el depósito de dinero en efectivo del blanqueo están exentas del Impuesto sobre los Bienes Personales.

En Preguntas Frecuentes del sitio del Sinceramiento se consultó si la exteriorización del monotributista será tenida en cuenta como antecedente para la exclusión o recategorización del Régimen Simplificado respecto de los períodos anteriores al blanqueo, ¿y si el bien blanqueado es de un valor significativo? ¿cuál es la situación respecto de los períodos posteriores?

- Respuesta de la AFIP: "El bien exteriorizado no es tenido en cuenta como antecedente a los fines de la recategorización". Pero "las rentas y gastos que en el futuro genere ese bien deben considerarse a efectos de determinar la permanencia y categoría o la exclusión del régimen del declarante".

En cuanto al sujeto que haya presentado la declaración jurada de confirmación de datos como buen contribuyente, y después se arrepienta y quiera entrar al blanqueo, Marcelo D. Rodríguez, de MR Consultores dijo que se puede desistir de la solicitud de confirmación de la declaración jurada de 2015 y adherir al sinceramiento sin problemas.

La AFIP respondió a una pregunta sobre el particular del Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño, en el marco del Consejo Consultivo que reúne funcionarios de ambas instituciones, y dijo que "aquellos sujetos que hubieran presentado la "Declaración jurada de confirmación de datos" prevista en el artículo 85 de la Ley 27.260, podrán ingresar a la declaración voluntaria y excepcional de tenencias, donde se les informará que será dada de baja su declaración jurada de confirmación de datos".

El Cpcecaba también interrogó a los funcionarios sobre el momento de incorporación de bienes exteriorizados, y la AFIP contestó que deben incorporarse en la declaración jurada 2016 ya que se consideran ingresados al patrimonio a la fecha de preexistencia.

Rodríguez comentó que, considerando que la fecha de la preexistencia de los bienes para las personas humanas es el 22 de julio pasado, cuando el sujeto adhiera al blanqueo a partir del 1º de enero de 2017, deberá incorporar los bienes en la declaración jurada de Bienes Personales y de Ganancias de 2016, ya que a esa fecha se entiende que estaban en su poder. Esto implica que se deberá tributar por ambos impuestos por este año. El mismo curso de acción es aplicable para las sociedades, precisó.

Y de otra respuesta en Preguntas Frecuentes del Sinceramiento surge que se da la paradoja de que si un funcionario excluido del blanqueo se divorció entes del 22 de julio, fecha de vigencia del blanqueo, y luego contrajo nuevamente matrimonio con posterioridad a esa fecha, tanto su anterior mujer como la actual pueden blanquear, comentó Rodríguez.

Respecto del divorcio de los funcionarios, la Pregunta Frecuente indicaba que el artículo 83 de la Ley 27.260 establece que no pueden ingresar al blanqueo los cónyuges de los sujetos políticamente expuestos, ¿No obstante, podrán ingresar a la exteriorización si se encontraren casados mientras ejercían el cargo pero al momento de la vigencia de la ley 27.260 (23/07/2016) ya se había dictado la sentencia de divorcio?

- Respuesta de la AFIP: la relación de parentesco debe existir a la fecha de preexistencia (22/07/2016). Consecuentemente, quién fue el cónyuge del sujeto excluido pero registró sentencia de divorcio firme a esa fecha puede efectuar la exteriorización voluntaria y excepcional.

La AFIP también adhirió al criterio del Cpcecaba de considerar viable el blanqueo de bienes a nombre de hijos que por su corta edad no pudieran justificar que han sido realmente quienes adquirieron en forma originaria los bienes en cuestión, comentó Rodríguez.

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