Retenciones, se oficializó la suba: punto por punto cómo serán las nuevas alícuotas

Un día después de lo esperado, el Gobierno hizo oficial la suba de las retenciones a la soja, del 30 al 33%. Así lo confirma el Decreto 230/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial.

Un día después de lo esperado, el Gobierno hizo oficial la suba de las retenciones a la soja, del 30 al 33%. Los cambios en los derechos de exportación agrícolas que el ministro de Agricultura, Luis Basterra, comunicó a los líderes de la mesa de enlace agropecuaria tienen como eje la suba de tres puntos porcentuales, o 10%, en las retenciones al complejo sojero.

A cambio, determina bajas en las retenciones de la mayoría de los productos agroindustriales, sobre todo de las economías regionales más complicadas. 

 

 

De esta manera, las retenciones a la soja suben de 30% a 33%, pero las que se aplican a arvejas, porotos, garbanzos, lentejas, bajan de 9% a 5%; para el maní, de 12% a 7%; para la harina de trigo, de 9% a 7%; y para el girasol, de 12% a 7%, aunque para girasol confitero y aceite de girasol, la reducción va del 12% a 5%.

Horas después del decreto, el Ministerio reabrió el registro de Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior para las exportaciones. 

El esquema abarca a 13.000 posiciones arancelarias y tiene como puntos salientes:

 

  • Soja (sin procesar, harina y aceite) 33% y biodiesel 30%
  • Trigo,  maíz y sorgo: se mantienen en 12%.
  • Carne vacuna y aviar, se mantienen en 9%.
  • Maní: baja de 12% a 7%; maní confitero de 9% a 5% y aceite de maní de 12% a 7%
  • Harinas de trigo: cae de 9% a 7%.
  • Girasol: de 12% a 7% el grano; de 12% a 5% la variedad confitera y el aceite.
  • Arroz, de 9% a 5% el pulido; de 12% a 6% el con cáscara.
  • Maíz flint: de 12% a 5%.
  • Maíz pisingallo: de 9% a 5%.
  • Quesos y lácteos: de 9% a 5%.

A cambio del alza de las retenciones hasta el máximo permitido por el Congreso, implementará lo que llamó una "redistribución solidaria" mediante reintegros a los pequeños productores de hasta 1000 toneladas de oleaginosa y rebajas en los derechos de exportación para actividades como el girasol, la lana, maíz pisingallo; harina de trigo, arroz y legumbres.

El esquema establecido por el Gobierno consistirá en destinar una parte de la recaudación adicional a la compensación de tres de cada cuatro productores de soja, siempre que su producción no haya superado las 1000 toneladas en la campaña anterior.

Según datos oficiales, este beneficio alcanzará a 42.406 productores que representan el 74,2% del total. Los restantes 14.884 productores, con rindes por encima de las 1000 toneladas, no recibirán compensación alguna.

Esta segmentación implicará que quienes producen hasta 100 toneladas, tributarán una retención del 21%; entre 100 y 200 toneladas, el 24%; entre 201 y 300 toneladas, el 27%; entre 301 y 400 toneladas, el 28%; entre 401 y 500 toneladas, la retención será del 29% y entre 501 y 1.000 toneladas llegará al 30%.

 

Considerandos

Con el decreto 230/2020, firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; el ministro de Economía, Martín Guzmán, y Luis Basterra, quedó establecido el nuevo derecho de exportación para la soja y sus subproductos. De los considerandos de la norma se destacan dos:

  • Que, en efecto, resulta imprescindible mejorar los ingresos fiscales en un contexto económico de endeudamiento, alta inflación, recesión creciente, desempleo generalizado y emergencia alimentaria.
  • Que por los motivos expuestos deviene necesario modificar transitoriamente las alícuotas de los derechos de exportación para determinadas posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (N.C.M.) que forman parte de la cadena agroalimentaria.

 

Decreto 230/2020 by El Cronista Comercial on Scribd

 

Anexo Decreto 230/2020 by El Cronista Comercial on Scribd

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