Quiénes podrán pedir la tarifa social ante la suba en las boletas de luz
El listado incluye a jubilados y pensionados con hasta dos mínimas, monotributistas sociales y empleados que cobren menos de $ 12.120. Los criterios de exclusión.
Además de ordenar al ENRE que establezca el nuevo cuadro tarifario de la electricidad para la Ciudad de Buenos Aires y en el Gran Buenos Aires, es decir, las áreas de Edenor y Edesur, el Ministerio de Energía y Minería estableció las condiciones de inclusión y exclusión para que los clientes puedan pedir la tarifa social.
El ministro de Energía, Juan José Aranguren, estimó esta tarde que unos 900 mil usuarios de las eléctricas Edenor y Edesur estarán incluidos en la tarifa social y no tendrán aumentos en las boletas de luz.
En una conferencia de prensa en el Ministerio de Econom¡a, precisó que en total existen 4,6 millones de usuarios de las dos distribuidoras, de los cuales 4,2 millones reciben subsidios y otros 400 mil no tienen.
Pero además, se establece una tarifa social que incluye en el precio fijo el consumo sin costo de hasta 150 KWh por mes.
Quiénes podrán pedir la tarifa social:Jubilados y pensionados que cobren hasta dos veces el haber mínimo (que hoy es de $ 4.299, por lo que se incluyen a quienes cobren hasta $ 8.598)
Empleados en relación de dependencia que cobren una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vital y Móvil (SMVM). Como el SMVM es hoy de $ 6060, eso implica a todos los que cobren menos de $ 12.120.
Titulares de programas sociales.
Inscriptos en el Régimen de Monotributo Social.
Inscriptos en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico.
Beneficiarios del seguro de desempleo.
Discapacitados.
Más allá de eso –y del cruce con el padrón de fallecidos-, no podrán beneficiarse de la tarifa social:
Los propietarios de más de un Inmueble.
Los titulares de automotores de hasta 15 años de antigüedad.
Los propietarios de aeronaves o embarcaciones de lujo.
Los criterios de inclusión y exclusión, establece la resolución, podrán tener excepciones cuando “el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales o el órgano que resulte competente en la materia estime convenientes por responder a la finalidad tutelar perseguida al instrumentar la Tarifa Social .