Qué dice la reglamentación que obliga a aceptar pagos con tarjetas de débito

Según la resolución publicada hoy en el Boletín Oficial, desde abril los comercios, profesionales, centros de salud, culturales o de entretenimiento deberán aceptarlas para distintas operaciones.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó hoy la obligación de comercios, profesionales, centros de salud, culturales o de entretenimiento de aceptar la tarjeta de débito para sus operaciones, en un proceso que comenzará en abril y finalizará en diciembre próximo.

Se trata de la resolución general 3997-E publicada hoy en el Boletín Oficial, que detalla el cronograma de implementación de la medida.

El titular de la AFIP, Alberto Abad, explicó en conferencia de prensa que la medida “busca cumplir con la ley y permitirá hacer efectivo los beneficios de descuentos para jubilados, pensionados y beneficiarios de planes sociales que paguen a través de tarjeta de débito .

Según la medida, a partir del 30 de abril próximo, todos los comercios, mayoristas o minoristas, hoteles y restaurantes, con ingresos mayores o iguales a $ 4 millones facturados en el período fiscal 2015, deberán contar con el sistema POS para facturar sus operaciones con tarjeta de débito.

Quienes hayan facturado entre $ 1 millón y $ 4 millones, lo deberán hacer a partir de mayo, y los que registraron montos menores, a partir del 30 de junio.

Los profesionales, centros de salud, de cultura, deportes y de entretenimientos, tendrán que usar el sistema POS a partir del 31 de julio en los casos que la facturación haya superado los $ 4 millones en el período fiscal 2015.

En tanto, a partir del 31 de agosto comenzará a correr el plazo para quienes facturaron entre $ 1 millón y $ 4 millones, y el 30 de septiembre para los que facturaron menos de un $ 1 millón.

El resto de los contribuyentes, siempre con la escala de ingresos mencionada, deberán utilizar el sistema POS a partir del 31 de octubre, 30 de noviembre, y 31 de diciembre, respectivamente.

También deberán utilizar POS de manera obligatoria los monotributistas productores de bienes y venta de productos, con categorías desde la F y hasta la K inclusive a partir del 31 de diciembre, y desde las categorías A hasta la E a partir del 31 de marzo del año próximo.

Para alentar la utilización de los POS, los monotributistas que los instalen no tendrán costo por el alquiler del dispositivo por dos años, mientras que los inscriptos en el IVA que instalen POS para cobrar con tarjeta de débito tendrán bonificaciones en el costo por alquiler del dispositivo, descuentos del 50% hasta por seis meses, o gratuidad de hasta dos años, según el proveedor.

Además, la AFIP disminuye el 50% las retenciones del IVA y Ganancias en todas las operaciones con tarjeta de débito.

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