Puntos clave, restricciones y límites

n El anteproyecto del Código Penal que está siendo evaluado por académicos elimina el dolo eventual para todos los delitos, desconociendo que muchos fraudes bancarios no se realizan con dolo directo sino eventual.
n No incluye los perjuicios al Estado o al interés colectivo como agravantes genéricos.
n En casos de estafa o cheques sin fondos limita la posibilidad de denunciar a quienes hayan sido directamente ofendidos, lo que restringe la actuación de los fiscales.
n En delitos patrimoniales, un acuerdo de partes le permitiría al fiscal desistir de la acusación, excepto cuando los acusados sean funcionarios públicos. Así, en el caso de un banco que defraude a sus ahorristas, un eventual acuerdo entre la empresa y los damnificados desobligaría al fiscal.
n Gran parte del capítulo económico podría terminar recibiendo penas de probation (técnicamente denominada suspensión del juicio a prueba), excepto en los casos en que las infracciones sean cometidas por funcionarios públicos. Allí no habrá probation posible.

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