Prorrogan por un año beneficios impositivos para cigarrillos y champañas

La alícuota del Impuesto Adicional de Emergencia sobre el precio final de venta de los cigarrillos pasó del 21% al 7%. Para el tabaco se fijó en 75% el Impuesto Interno y en el caso del champaña, este gravámen fue eliminado.

El Gobierno nacional prorrogó hoy una serie de beneficios impositivos para los cigarrillos y el champaña, para fortalecer el mercado de ambos productos.

El Decreto 14/2017, publicado en el Boletín Oficial, prorroga hasta el 31 de diciembre próximo la disminución de la alícuota del Impuesto Adicional de Emergencia sobre el precio final de venta de los cigarrillos, del 21% al 7%.

Este tributo fue creado en 1995, y desde el 2000 se dispuso una reducción progresiva de la alícuota hasta el 7%, con el objetivo de mejorar la calidad de la producción y atender los problemas económicos y sociales de las provincias tabacaleras.

Para el caso del tabaco, y por medio del Decreto 15/2017, el Gobierno también extendió por un año la imposición del 75% en concepto de Impuesto Interno, que en la ley original era del 60%, pero que ya había sido modificado el año pasado.

Por otro lado, el Poder Ejecutivo extendió hasta el final de 2017 la eliminación del Impuesto Interno correspondiente a la venta de champañas, que según la Ley 24.674 es de 12%.

El Decreto 19/2017 argumenta que el beneficio, que se aplica desde 2005, “ha propiciado un importante desarrollo en el sector, lo cual se ha visto reflejado en el crecimiento sostenido de la cantidad de litros despachados al mercado interno y externo de vinos espumantes así como de las bodegas fraccionadoras participantes en dicho proceso .

Temas relacionados
Más noticias de cigarrillos

Las más leídas de Economía y Política

Destacadas de hoy

Noticias de tu interés