Programa ATP: en mayo cubrirá 20% más de sueldos que en abril

Así, la cantidad de salarios alcanzados por el programa de asistencia rondará los 2,6 millones. La meta original del Gobierno era llegar a los 3 millones. Los empleadores tienen hasta el martes 26 para inscribirse.

En mayo, la cantidad de asignaciones salariales que contempla el programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) será 20% mayor que la registrada en abril, cuando fue cubierta una porción de cerca de 2,2 millones de sueldos.

De esta manera, el número de trabajadores del sector privado que verán parte de su paga cubierta por ANSeS rondará los 2,6 millones. El objetivo del Gobierno cuando lanzó el programa apuntaba a 3 millones, la mitad del total de asalariados registrados privados cuando comenzó la pandemia por coronavirus .

Desde el Ejecutivo remarcaron que el 99% de las 247.000 empresas que recibieron el beneficio de abril tienen menos de 100 empleados. 

Como el monto de cada asignación no puede ser menor a un salario mínimo ($ 16.875) ni mayor a dos ($ 33.750), el ministerio indicó que el 15% de los trabajadores beneficiados tiene cubierta la totalidad de su remuneración, dado que ganan menos de $ 16.875.

También marcaron que hay un 28% de trabajadores que gana menos de $ 33.750, por lo que cuanto menor el salario, mayor el monto de cobertura. Un 42% gana entre $ 33.750 y $ 67.500 (es decir, cuatro salarios mínimos), por lo que a este segmento la asignación le cubre exactamente el 50% de su paga.

Es decir, a partir de estas cifras, el 85% de los trabajadores alcanzados por el programa ATP tiene cubierta al menos la mitad de su sueldo. El 15% restante gana más de $ 67.500, por lo que el Estado le cubre a cada sueldo $ 33.750.

 

 

Qué empresas entran al ATP 

Para recibir la asistencia del ATP, las empresas deben inscribirse antes del 26 de mayo en el sitio web de AFIP. Serán seleccionadas aquellas firmas que desarrollen alguna de las cerca de 800 actividades "en estado crítico" y que además comprueben que en abril su facturación nominal no creció por encima del 5% interanual.

Las empresas creadas este año ingresarán automáticamente con desempeñar alguna de las actividades del listado, mientras las fundadas el año pasado después de mayo deberán cotejar sus ingresos de abril con los de diciembre del año pasado.

Pero el lunes el Comité de Evaluación y Monitoreo del programa instauró nuevos requisitos financieros. 

Por un lado, las empresas de menos de 800 empleados que accedan a los beneficios no podrán por los próximos 12 meses recomprar acciones, distribuir utilidades, comprar dólar CCL ni dólar MEP ni transferir dinero a compañías radicadas en países considerados paraísos fiscales

Tales restricciones ya existían para las compañías más grandes, de más de 800 trabajadores, solo que el Comité extendió el período de inhabilitación de 12 a 24 meses.

Esto motivó que muchas empresas quisieran anular su inscripción al ATP. Si bien no existe todavía un mecanismo para darse de baja por anticipado, la AFIP instrumentó un sistema de reintegros para que aquellos que quieran renunciar a los beneficios y a las consiguientes restricciones devuelvan los fondos recibidos.

Así, las que ingresen al ATP de mayo y quieran salirse del programa deberán esperar a que la ANSeS  les transfiera a sus empleados la asignación salarial a principios de junio, para después realizar un reintegro al Fisco por el mismo monto, más una tasa de interés ajustada por CER. Tienen hasta el 20 de junio para darse de baja.

Luego deberán realizar una presentación digital que informe la cantidad de empleados y el monto total en asignaciones.

Pero las empresas más grandes que quieran darse de baja deberán además devolver los fondos de abril antes del 31 de mayo, ya que las prohibiciones para este segmento aplicaban desde el mes pasado.

En ese caso, la tasa de interés cobra mayor relevancia, ya que comienza a devengar desde la fecha de la transferencia de ANSeS hasta el día del reintegro.

En caso de que la empresa grande devuelva los fondos del mes pasado y no reciba los beneficios de mayo (debido a que no se haya inscripto o a que no cumpliera los requisitos), automáticamente quedará liberada de las restricciones cuando transfiera la devolución de abril.

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