Moratoria para todos: las claves y el 'premio' del proyecto que hoy tendrá media sanción
Se trata de una de las medidas impulsadas por el Ejecutivo en el marco de la crisis económica desatada por la pandemia. Juntos por el Cambio ya anticipó que se abstendrá en la votación.
Tras la media sanción que recibió más temprano la ley que declara la emergencia en los procesos de concursos preventivos y de declaración de quiebra en trámite, el oficialismo se apresta a darle media sanción a la "moratoria para todos", la iniciativa que incluye las deudas vencidas hasta el 30 de junio pasado de todos los contribuyentes, ya sean personas jurídicas como humanas. Juntos por el Cambio ya anticipó que se abstendrá en la votación. Si bien la principal bancada opositora acompaña el espíritu de la medida en el marco de la pandemia, denuncia que la ley incluye un artículo que la vuelve un "traje a medida" para el empresario Cristóbal López, al que vinculan al kirchnerismo.
La normativa que el oficialismo ya da por descontado que será aprobada y girada al Senado permite la adhesión hasta el 31 de octubre de este año. En tanto, establece que la primera cuota vence el 16 de noviembre y, según el tamaño de la empresa e individuos que adhieran, podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras.
El texto también aclara que los plazos serán de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.
Al hacer uso de la palabra, el diputado radical Luis Pastori anticipó que su bancada se abstendrá en la votación, entre otros puntos porque, al igual que el bloque lavagnista Consenso Federal, se oponen a que puedan adherirse empresas en quiebra.
En este sentido, Pastori señaló: "La cláusula Cristóbal López es el artículo 11. Es un escándalo. Esta ley será recordada en el tiempo como la Ley Cristóbal, y por ese motivo nos abstenemos en la votación del dictamen de mayoría".
Además, subrayó que “en enero de este año la empresa solicitó a la AFIP una solicitud de avenimiento falencial manifestando su voluntad de acceder a un plan de pago. En marzo el servicio jurídico de la AFIP dictaminó que el pedido debía ser rechazado en virtud del procesamiento de los miembros de la empresa por el delito de defraudación". Dicho esto, detalló que "con esta ley la AFIP renuncia a cobrar u$s 100 millones por un poco más a casi 10 años".
Finalmente, el radical remató: "Si agregamos que se incorporan a la moratoria las deudas por el impuesto a los combustibles, que no estaban en la ley de diciembre, las del impuesto al juego que no estaban tampoco en diciembre, estamos frente a un traje a medida para Cristóbal López .
Algo similar expresó el presidente de la bancada Juntos por el Cambio, Mario Negri, por medio de un comunicado que difundió en paralelo al debate en el recinto. “El mensaje negativo es realmente escandaloso", dijo el cordobés al aludir a los artículos que beneficiarían a los dueños de Oil Combustibles, Cristóbal López y Fabián De Souza.
“Lamentamos que una parte de la oposición se preste a esta maniobra arbitraria y totalmente injusta para con los argentinos honrados que siempre han trabajado y que jamás han intentado quedarse con dinero del Estado , remató el radical.
Por su parte, el lavagnista Jorge Sarghini advirtió sobre las quiebras fraudulentas que podrían verse beneficiadas por medio de la iniciativa. De todas maneras, el diputado, que consideró que "no hay ningún fundamento" para incorporar a los quebrados, optó por no ponerle nombre y apellido a las posibles empresas fraudulentas.
"No nos tiremos los nombres por la cabeza, hagamos la mejor ley; estamos convencidos que es sin el artículo 11", remató.
El proyecto, a pedido de Juntos por el Cambio y Consenso Federal, incluye una serie de "premios" para los contribuyentes cumplidores. Por un lado, para los sujetos adheridos al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes, el beneficio consistirá en la exención del componente impositivo conforme la cantidad de cuotas que se detallan para cada categoría:
- Categorías A y B: 6 cuotas mensuales y consecutivas.
- Categorías C y D: 5 cuotas mensuales y consecutivas.
- Categorías E y F: 4 cuotas mensuales y consecutivas.
- Categorías G y H: 3 cuotas mensuales y consecutivas.
- Categorías I, J y K: 2 cuotas mensuales y consecutivas.
En este sentido, en ningún caso el límite del beneficio podrá superar los $ 17.500.
En tanto, en Ganancias de personas humanas, se incrementa en un 50% la deducción especial. Vale aclarar que este beneficio no corre para quienes ocupan cargos públicos, se encuentran en relación de dependencia ni tampoco corre para las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios en cuanto “tengan su origen en el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto y, de los consejeros de las sociedades cooperativas .
Las micro y pequeñas empresas, en tanto, podrán optar por practicar amortizaciones a partir del período fiscal de habilitación del bien, de acuerdo con las normas generales de la ley de Impuesto a las Ganancias o bien, de acuerdo al siguiente régimen:
- Para inversiones realizadas en bienes muebles amortizables adquiridos, elaborados o fabricados: como mínimo en dos cuotas anuales, iguales y consecutivas.
- Para inversiones realizadas en bienes muebles amortizables importados: como mínimo en tres cuotas anuales, iguales y consecutivas.
- Para inversiones en obras de infraestructura: como mínimo en la cantidad de cuotas anuales, iguales y consecutivas que surja de considerar su vida útil reducida al cincuenta por ciento (50%) de la estimada.
Este beneficio de amortización será aplicable únicamente para las inversiones efectivizadas hasta el 31 de diciembre de 2021.
Ambos beneficios se aplicarán en las declaraciones juradas correspondientes a los ejercicios finalizados con posterioridad al 30 de diciembre de 2020. En ningún caso, la deducción prevista dará lugar a la generación de saldos a favor ni podrá trasladarse a ejercicios futuros. Tampoco resultan acumulativos, debiéndose, cuando corresponda, optarse por alguno.