Moratoria: las empresas porteñas tendrán un amplio perdón de impuestos

El Gobierno porteño otorgará una moratoria de 120 cuotas por la que perdonará multas e intereses que pueden duplicar y hasta cuadriplicar las deudas de impuestos, incurridas hasta el 31 de julio pasado.

La Legislatura porteña aprobó ayer jueves una amplia moratoria, que perdona multas e intereses y otorga un plazo de pago de 120 cuotas para deudas vencidas al 31 de julio pasado.

La moratoria se sancionó, en general, con 45 votos positivos de casi todo el arco político, 2 negativos de FIT y 6 abstenciones.

“Se trata de una moratoria y no un simple plan de pagos, indicó Ezequiel Passarelli, de SCI Group, y enumeró las siguientes características de la medida:

  • Plazo para ingresar, hasta el 31 de diciembre próximo.
  • Se podrán incluir deudas vencidas hasta el 31 de julio pasado.
  • Se perdonan los intereses resarcitorios, los intereses punitorios y las multas.

“Esto significa que solamente se deberá pagar la deuda por el capital adeudado, el impuesto en sí, pero no se pagará ningún accesorio , precisó Passarelli.

Añadió que “con las tasas de interés que cobran las administraciones tributarias, una deuda de $ 100.000, en un año, se termina transformando en una deuda de $ 200.000.

Las deudas se duplican, triplican y cuatriplican por los intereses y las multas, haciendo imposible que las pymes las puedan pagar , enfatizó Passarelli.

  • Vencimiento de la primera cuota, dentro de los 90 días corridos desde que se suscribe a la moratoria. Este beneficio solamente aplica a pymes y no a grandes empresas.
  • Plazo de pago, hasta 120 cuotas.
  • Interés de financiación, entre el 1% y el 1,5% mensual. “Esta es, sin lugar a dudas, la mejor tasa que existe en el mercado , indicó Passarelli.
  • Levantamiento de embargos y medidas cautelares. Por el solo hecho de ingresar a la moratoria, se levantará cualquier tipo de traba que esté sufriendo la persona o la empresa.
  • Efectos sobre el Régimen Penal Tributario. El acogimiento producirá la suspensión de las acciones penales en curso, siempre y cuando la misma no tuviere sentencia firme y/o acuerdo de avenimiento homologado.

Al mismo tiempo, implicará la suspensión de la prescripción penal, dado que, recién se producirá la extinción de la acción penal cuando se cancele totalmente la deuda, ya sea al contado o al final de la moratoria, dijo Passarelli.

Muchas empresas a las que las administraciones tributarias reclaman diferencias de impuestos, prefieren discutir en la justicia las causas en vez incluirlas en un simple plan de pagos, porque no se aseguran que luego puedan sufrir una condena penal (prisión).

  • A aquellos que hayan pagado intereses y multas no se les reintegrará monto alguno.
  • Se podrán refinanciar planes caducos.
  • Se podrán incluir retenciones y percepciones.

La ley refleja que la situación hoy es que las pymes no cumplen con sus obligaciones fiscales porque realmente no pueden, dijo Passarelli.

No tienen financiamiento o lo tienen, pero con tasas impagables, la recesión económica los afectó enormemente en sus ventas, los plazos de cobro se estiran, entre otras situaciones adversas para las pymes.

Textualmente la norma indica que el objetivo de la misma es el de “salvaguardar su capital de trabajo y coadyuvar a su reactivación económica .

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