Moratoria 2020: qué dicen los expertos sobre el nuevo plan de la AFIP

Los topes a las tasas de interés para las deudas hacen que el "ahorro" para el contribuyente crezca con la antiguedad de lo adeudado. La interrupción de la prescripción penal, un foco a atender

Puesta en marcha la moratoria de AFIP para que pymes, monotributistas, autónomos y cooperativas, obras sociales y clubes de barrio puedan regularizar su situación impositiva, los tributarias empezaron a hacer cálculos sobre los grados de conveniencia del instrumento, de acuerdo con el monto de la deuda y los años que lleva.

Si bien consideró positiva la decisión oficial, por entender que se busca dar una solución a los problemas financieros de las empresas, y que se condonan multas que muchas veces pesan más que el gravamen adeudado, el tributarista Sebastian Domínguez indicó que "no es bueno tener una moratoria cada 4 años, ya que incentiva la evasión".

Por su parte, Ezequiel Passarelli, socio de SCI, consideró que adherirse a la moratoria que permite hasta 120 cuotas es una oportunidad, "donde el beneficio más grande tiene que ver con la condonación de intereses y multas, incluidas las penales, por el pasado", por lo que es mucho más que un plan de pagos.

El especialista planteó, además, que dados los topes máximos a los intereses que surgen de la moratoria, con máximos de 75% y 10% según el año de la deuda, "mientras más antigua sea la deuda, mayor será el beneficio".

Al respecto, indicó que en 2019, la tasa de interés anual fue de 52%, Por incluir deudas en la moratoria esa tasa baja al 10%, lo que implica un "ahorro del 42% sobre el capital, solo por ingresar al esquema.

Así, suponiendo una deuda de capital de $ 1 millón, el que ingrese a la moratoria deja de pagar casi $ 420.000 en concepto de intereses. Esos montos de "ahorro" se incrementan cuanto más antigua es la deuda impositiva.

Por caso, un monto adeudado desde 2018, acumularía intereses en torno al 90% por acumular la tasa de interés de ese año (36%) y la del año pasado, contra un 10% si se ingresa a la moratoria.

En el caso de tener una deuda de 2015, los intereses en condiciones normales llegarían al 200%, mientras que, con la moratoria, bajarían al 50%. Por lo cual, una empresa que tiene una deuda de $ 1 millón de capital, que antes iba a pagar $ 2 millones por intereses, ahora pagará $ 500.000.

 

Qué pasa con las multas

Otro beneficio de la moratoria pasa por la condonación total de las multas. Sucede que a veces las empresas no tienen en cuenta que las multas pueden representar hasta seis veces el total adeudado por el impuesto e intereses.

"Muchas firman no suman las multas al cálculo de deuda que tienen con AFIP. Solamente consideran capital e intereses, que es lo que surge automáticamente del sistema de cuentas tributarias y, cuando estas llegan, realmente se encuentran con una sorpresa muy grande", señaló Passarelli.

Además, el especialista manifestó que "si bien la primera respuesta es tender a armar el plan en la mayor cantidad de cuotas posibles (120 o 60, dependiendo el tipo de deuda que se trate)", debería tenerse en cuenta la interrupción de la prescripción penal".

Esto significa que se empiezan a computar los plazos de prescripción desde cero. Por lo cual, la AFIP cuenta con entre 6 a 11 años más, según la deuda de la que se trate para volver a reclamar al contribuyente.

Por eso, comentó el especialista, es "fundamental que los planes de pago no tengan posibilidad alguna de que se "caigan", dado que si eso sucede, el ente recaudador queda totalmente habilitada para iniciar las acciones corrrespondientes.

En cuanto a las razones para que el plan quede sin efecto, o caduque, Passarelli dijo que puede suceder por falta de pago de seis cuotas.

"Si alguna persona o pyme tiene la posibilidad, la alternativa de pagar al contado es atractiva, considerando que, por hacerlo, además, tendrán un 15% de bonificación total de la deuda, tanto de capital como de intereses", completó.

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