Monotributo: suspenden bajas de oficio por falta de pago en agosto

La normativa vigente establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones durante agosto, con el objetivo de amortiguar los efectos del aislamiento social preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes.

El organismo también suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes a agosto, a través de la Resolución General N°4799/2020, que será publicada en el Boletín Oficial. Ambos beneficios están vigentes desde marzo.

La normativa vigente establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas. La AFIP resolvió que agosto no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.

Asimismo, existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen. La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible. El Fisco definió que esos cruces sistémicos no serán utilizados en agosto para proceder con exclusiones de oficio.

Temas relacionados
Más noticias de AFIP

Las más leídas de Economía y Política

Destacadas de hoy

Noticias de tu interés

Compartí tus comentarios

¿Querés dejar tu opinión? Registrate para comentar este artículo.