La curiosa cláusula “puede fallar que el Gobierno incluyó en el Presupuesto

En el capítulo de "Política Fiscal", un ítem advierte que la exposición de las finanzas públicas a diversos "factores exógenos y endógenos", podría generar "desvíos" en las proyecciones utilizadas para la elaboración del Presupuesto Nacional. 

El ministro de Economía, Nicolás Dujovne, presentó ayer en el Congreso Nacional el Presupuesto 2019 que, como puntos más salientes, proyecta déficit cero, una inflación bajando al 23% y una economía cayendo 0,5%.

Estos datos de mayor relevancia taparon, en el primer análisis del proyecto de 221 páginas, una llamativa cláusula que abre el paraguas ante la posibilidad de "factores exógenos y endógenos" que alteren las estimaciones de la denominada "ley de leyes".

El enunciado constituye toda una novedad ya que nunca, desde su llegada al poder en 2015, el gobierno de Cambiemos había realizado una salvedad de ese tipo en los proyectos de presupuesto que presentó previo a cada ejercicio.

La cláusula que aparece en la página 85 del proyecto de Presupuesto 2019.

La cláusula aparece en la página 85 del proyecto, en el capítulo de "Política Fiscal". Allí el ítem 3.6, titulado "Riesgos Fiscales", señala: "Los riesgos fiscales detallan la exposición de las finanzas públicas a diversos factores exógenos y endógenos, que podrían generar desvíos en las proyecciones utilizadas para la elaboración del Presupuesto Nacional".

Y tras destacar la "importancia" de trabajar en la identificación de los potenciales riesgos, así como sus efectos y las posibles respuestas para mitigarlos, añade: "La vulnerabilidad frente a los distintos riesgos fiscales está determinada por la estructura económica de cada país, la organización del sector público y su interrelación con el sector privado. Estas características particulares van a determinar la capacidad de reacción del gobierno nacional antes shocks adversos, así como también la capacidad de mitigar sus posibles efectos".

Riesgos macroeconómicos y específicos

El equipo económico clasifica los riesgos potenciales en dos categorías:

- Riesgos macroeconómicos: asociados a los desvíos entre la dinámica efectivamente observada de las principales variables macroeconómicas (actividad económica, inflación, tipo de cambio nominal, etc.) y las proyecciones utilizadas para la construcción del escenario fiscal base.

- Riesgos específicos: relacionados con la materialización de eventos no previstos y su impacto en obligaciones fiscales adicionales a las contempladas en la trayectoria base, aún sin alteraciones del escenario macroeconómico predeterminado, en virtud de obligaciones contractuales específicas o de forma implícita o indirecta.

Actividad económica, inflación y tipo de cambio

Con base en la cláusula antes mencionada, la iniciativa proyecta el escenario posible en caso de un desvío del 1% en la proyección de la actividad económica, teniendo en cuenta que la estructura tributaria argentina está conformada por impuestos cuya base imponible está ligada en forma directa a la evolución de la actividad económica, como es el caso del IVA, Créditos y Débitos, los impuestos Internos o a los Combustibles.

Una reducción de 1% en la tasa anual de variación del PBI en relación al escenario base utilizado para la proyección presupuestaria redundaría en una pérdida por impactos directos de 0,3% del PBI ($ 57.500 millones) en la recaudación de impuestos nacionales y de 0,2% del PBI ($ 32.000 millones) en los recursos tributarios de la Administración Pública Nacional.

Actividad económica.

En cuanto a la inflación, el impacto marginal de un desvío de 1% en la tasa promedio de inflación arrojaría un excedente de recaudación de impuestos nacionales de un 0,15% del PBI, de los cuales 0,10% ($ 18.000 millones) impactan en las arcas de la Administración Nacional.

Por el lado de los gastos primarios, un desvío al alza de 1% en la tasa promedio de inflación
provocaría un incremento en el gasto en prestaciones sociales de 0,03% del PBI ($ 5000
millones). Cabe señalar que, al existir un semestre de rezago en la fórmula de ajuste de las prestaciones, el impacto de la inflación adicional opera sólo sobre el segundo semestre del año, mientras que en el caso de los recursos el impacto adquiere carácter inmediato. En este cálculo, al igual que lo asumido para el cálculo de los recursos se considera que el desvío al alza en la inflación no afecta el salario real.

Inflación.

Finalmente, en cuanto al tipo de cambio, el proyecto explica que los flujos de comercio exterior están gravados con impuestos específicos (derechos de exportación, de importación y tasa estadística) al tiempo que algunas importaciones de bienes están alcanzadas por el IVA.

Por el lado de los gastos primarios la principal erogación vinculada al tipo de cambio son los subsidios a la energía. Además, hay u$s 550.000.000, en lo relativo a salarios, bienes y servicios, transferencias y aportes a organismos que se erogan en divisas.

Un desvío de 1% en la pauta de tipo de cambio redundaría en un aumento de la recaudación de impuestos nacionales de aproximadamente 0,06% del PBI, de los cuales 0,04% del PBI ($ 7000 millones) corresponden a la Administración Nacional.

Tipo de cambio.

 

Temas relacionados

Las más leídas de Economía y Política

Destacadas de hoy

Noticias de tu interés