Extienden la factura electrónica

La AFIP extendió el uso de comprobantes electrónicos originales a las operaciones de locación de inmuebles destinados a casa habitación y dejó sin efecto, además, la excepción a la obligación de emisión de comprobantes por parte de las personas humanas, por la locación de un único inmueble que no supere la suma mensual de $ 1500.
La Resolución 4004-E de la AFIP alcanza a las facturas y recibos clase B; las notas de crédito y notas de débito clase B; las facturas y recibos clase C; y las notas de crédito y notas de débito clase C (monotributistas). Asimismo, para confeccionar las facturas, recibos, notas de crédito y notas de débito electrónicos originales, los sujetos obligados deben solicitar el Código de Autorización Electrónico (CAE).
Se encuentran exceptuados de la obligación de emisión de comprobantes electrónicos originales por locaciones los sujetos encuadrados en las categorías A, B, C, D y E del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), remarcó un boletín de MR Consultores.
De tratarse de locaciones cuyos importes se perciban a través de intermediarios (inmobiliarias), se considerarán válidos las facturas o recibos emitidos por éstos a su nombre.

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