Extienden hasta el 31 de octubre los créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos
El Gabinete Económico definió la continuidad del beneficio, que prevé un financiamiento por hasta $ 150.000 al saldo de la tarjeta de crédito que se debe devolver en tres cuotas. La AFIP aclaró que aquellos que ya lo solicitaron y cancelaron no pueden volver a pedirlo.
El Gobierno extenderá hasta el 31 de octubre el plazo para que los monotributistas y autónomos puedan solicitar los créditos a tasa 0 por hasta $ 150.000, luego de una nueva reunión del Gabinete Económico, en la que también se resolvió la continuidad de los préstamos sin interés especiales a cuentapropistas del ámbito de la cultura.
El esquema de beneficios, creado en abril para compensar a aquellos cuentapropistas que vieron sus ingresos afectados por la cuarentena y el parate económico, estaba vigente hasta hoy luego de su prórroga por 60 días a fines de julio.
El crédito consta de un financiamiento a la tarjeta de crédito hasta por $ 150.000 que se desembolsará en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas (más la cuota del monotributo para los pequeños contribuyentes). Una vez otorgados, los créditos se comienzan a desembolsar el primer mes siguiente en forma de saldo a la tarjeta de crédito.
Para los monotributistas, el crédito se comenzará a cancelarse desde el mes siguiente al del primer desembolso. Por ejemplo, los que se anotaron en septiembre recibirán el primer desembolso en octubre y cancelarán los períodos mensuales de noviembre hasta enero de 2021.
Para los autónomos, el período fiscal de cancelación será el del mismo mes en que recibieron el primer desembolso. Así, quien reciba el primer desembolso en octubre deberá saldarlo en los períodos bancarios de entre octubre y diciembre.
Desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aclararon que los monotributistas y autónomos solo pueden pedir el crédito a tasa cero una vez, por lo que no pueden volver a solicitarlo luego de cancelarlo.
El encuentro fue encabezado por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero. Participaron los titulares del ministerio de Economía, Martín Guzmán; del de Trabajo, Claudio Moroni; de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont; de la cartera de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas; de la cartera de Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta y la vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca.
En la reunión también se resolvió la continuidad de los créditos a tasa cero destinados al sector de cultura, segmento particularmente afectado por la cuarentena hasta el 31 de diciembre.
Se trata de una línea para monotributistas y autónomos que desarrollen las siguientes actividades relacionadas al sector, que prevé un plazo de gracia de 12 meses para el pago, que se realizará en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
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Quiénes pueden solicitarlo
Para ser beneficiario de los créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos en general, el interesado no tuvo que haber cobrado el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), no haber obtenido más del 70% de sus ingresos con prestación de servicios al Estado, no poseer un trabajo en relación de dependencia ni jubilación ni integrar el directorio de sociedades comerciales.
Los monotributistas deberán haber verificado que sus ingresos cayeron en la comparación interanual por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado, mientras que para los autónomos no debieron haber subido más de un 5%.
El trámite se inicia en la página web de la AFIP. Allí los contribuyentes deben indicar el monto pretendido, los datos de su tarjeta de crédito y un correo electrónico. Es necesario contar con clave fiscal con nivel de seguridad 2 y tener registrado un domicilio fiscal electrónico.
Una vez que toda la información fue ingresada, la AFIP emitirá un certificado de tramitación y remitirá los datos al Banco Central para que los distribuya entre los bancos seleccionados por los monotributistas y autónomos.
Las entidades bancarias se contactarán para avanzar en la tramitación del préstamo, cuyo monto varía según la categoría del contribuyente, aunque su máximo es de $ 150.000.
Las personas sin tarjeta de crédito deberán indicar en el trámite iniciado en la página web de la AFIP, cuál es el banco con el que operan habitualmente. Y, de no contar con un banco, el sistema le solicitará que precise cuál es el banco más cercano a su domicilio donde quisiera avanzar con el trámite.
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