El Gobierno oficializó ayer la modificación de la Ley de Contrato de Trabajo, que exige a los empleadores liquidar el aguinaldo el 30 de junio y el 18 de diciembre de cada año, como fechas tope, para que cuenten con esos fondos antes de las Fiestas. Lo hizo a través de la publicación de la ley 27.073 en el Boletín Oficial.
Según esa norma sancionada por el Congreso el 10 de diciembre el sueldo anual complementario será abonado en dos cuotas: la primera con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año. "El importe a abonar en cada semestre será liquidado sobre el cálculo del 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los dos semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año", de acuerdo con el texto oficial.
Además, la modificación de la Ley de Contrato de Trabajo estableció que "a fin de determinar la segunda cuota del sueldo anual complementario, el empleador debe estimar el salario correspondiente a diciembre".
"Si dicha estimación no coincidiere con el salario efectivamente devengado, se procederá a recalcular la segunda cuota del sueldo anual complementario. La diferencia, que resultare entre la cuota devengada y la cuota abonada el 18 de diciembre, se integrará al salario de diciembre", puntualizó la ley 27.073, que ayer entró en vigencia.
La iniciativa fue promovida por el senador radical Eugenio Artaza y recibió modificaciones en la Cámara de Diputados, que luego fueron convertidas en ley por el Senado.
Para justificar su proyecto, Artaza destacó que "es en beneficio de más de 6 millones de trabajadores", quienes a partir de este año "contarán con su dinero antes de las Fiestas, como a los comerciantes minoristas que verán incrementadas sus ventas".
El Cronista
EL CRONISTA Buenos Aires
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