Cuándo y cómo presentar Ganancias y Bienes Personales de personas

Los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales arrancan el 11 de junio y finalizan el 30 de ese mes, según los casos de montos de rentas y montos. Una guía práctica.

Los vencimientos de las declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto sobre los Bienes Personales comienzan el próximo 11 de junio.  Es "temporada alta" para los contadores, y para los contribuyentes, de confusión.

Por eso es bueno tener presente las fechas de vencimiento, los distintos casos a partir de los cuales se debe presentar declaración jurada y qué tipo de presentación se debe hacer.  Ezequiel Passarelli, de SCI Group, facilitó el siguiente esquema.

Impuesto a las Ganancias

Vencimiento para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias  personal y progresivo:

  • Declaración Jurada Determinativa: del 11 al 13 de junio, dependiendo la CUIT de la persona.

La deben presentar aquellos que:

  • Se encuentren inscriptos en el Impuesto, a pesar de no haber obtenido ingresos gravados en 2018.

  • Tengan un saldo a favor o un saldo a pagar, a pesar de no estar inscriptos.

  • Este último es el caso de los empleados en relación de dependencia, en donde sus empleadores les retuvieron de más o de menos y se ven obligados a ingresar la diferencia, o bien a informar el saldo a favor que tienen y pueden usar contra otros impuestos.

  • Declaración Jurada Informativa: hasta el 30 de junio.

  • La deben presentar aquellos que hayan ganado más de $ 1,5 millón durante todo 2018 y no se encuentren en los dos casos anteriores (es decir, no estén inscriptos en el Impuesto a las Ganancias y no tengan saldo a pagar o saldo a favor que informar).

  • Este fue el último cambio dispuesto por AFIP con la Resolución 4493 del día de hoy, elevando el piso de $ 1 millón a $ 1,5 millón.

Forma de presentación y pago

  • Declaración Jurada Determinativa: mediante la opción "Ganancias Personas Humanas - Portal integrado .

  • Forma de Pago - Beneficio por adelantar la presentación: En caso que se presente la declaración jurada antes del 31 de mayo, la AFIP otorga un beneficio.

  • Se trata de una tasa fija preferencial de interés mensual de 2,50%, para el Plan de Pagos.

  • En caso que se presente a posterioridad, es decir, desde el 1° de junio, se pagará el 3,76%.

  • Declaración Jurada Informativa: también se debe usar la plataforma "Ganancias Personas Humanas - Portal integrado , en cuyo caso se utilizará la versión simplificada.

Impuesto sobre los Bienes Personales

  • Vencimiento para presentar la declaracion jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales: del 11 al 13 de junio, dependiendo la CUIT de la persona.

  • La deben presentar aquellos que al 31 de diciembre de 2018 tuvieran bienes gravados (inmuebles, autos, dinero, etc.) superiores a $ 1.050.000.

  • Forma de presentar la declaración jurada: Mediante el aplicativo "Bienes Personales Web .

 

Ganancias sobre Renta Financiera

  • El vencimiento para presentar la declaración jurada de Renta Financiera opera entre el 19 y el 24 de junio, dependiendo la CUIT de la persona.

Cómo se presenta y paga

Se trata de un régimen sumamente simplificado (solamente se paga y no se presenta nada a la AFIP) y muy novedoso.

  • Aquellos que hayan ganado hasta $ 200.000: por única vez, se puede abonar un VEP, sin hacer  presentaciones adicionales. Es decir, no hace falta una declaración jurada.

  • En caso que se necesite rectificar lo pagado, por haberse cometido un error, no se podrá volver a usar esta opción (es por única vez en el año), debiéndose pasar al siguiente caso.

  • Si se opta por esta alternativa simplificada, no se podrá adherir la deuda a un plan de pagos justamente porque no se está presentando ninguna declaración jurada. La simplificación consiste, precisamente, en pagar el impuesto correspondiente mediante un VEP.

  • Aquellos que hayan ganado más de $ 200.000 o aquellos que necesiten rectificar la Declaración Jurada Simplificada: en estos casos sí se deberá presentar una declaración jurada sumamente detallada.

  • La aplicación se denomina "Impuesto Cedular - Rendimiento y/o enajenación de valores y se ingresa mediante la opción "Ganancias Personas Humanas - Portal integrado .

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