Cuáles son las nuevas actividades que se flexibilizan y dónde

El Gobierno habilitó nuevas actividades en 9 distritos bonaerenses, pero rechazó la autorización en otros cinco municipios. Son sectores productivos que volverán a funcionar en diferentes partidos del Conurbano y del interior.

El Gobierno autorizó hoy nuevas actividades en 9 distritos de la provincia de Buenos Aires, pero rechazó tomar la misma medida en otros cinco municipios bonaerenses. Así quedó plasmado a través de la Decisión Administrativa 886/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial y que lleva la firma del jefe de Gabinete Santiago Cafiero.

En medio de la cuarentena que se volvió algo más dura, el Gobierno escuchó la iniciativa de los intendentes de cada distrito. Y así como 9 distritos lograron ampliar sus actividades en marcha, algunas fueron rechazadas.

Por el momento quedaron afuera:

  • La Plata
  • Marcos Paz
  • Pilar
  • Exaltación de la Cruz
  • General Pueyrredón.

Y los partidos bonaerenses en donde sí habrá reapertura son:

  • Cañuelas: donde se podrá volver a la fabricación de maquinaria para la elaboración de alimentos, bebidas y tabaco y las empresas de electrónica y electrodomésticos
  • General Las Heras: habilitada para la producción de equipos de transporte.
  • Hurlingham: vuelve la actividad metalúrgica
  • Tigre: estarán autorizadas las industrias del plástico y las autopartes
  • Malvinas Argentinas solamente la provisión de piezas de autopartes para reposición.
  • San Miguel: volverán a abrir las industrias del calzado y textil.
  • Lanús: regresan al trabajo las automotrices y autopartes; las de electrónica y electrodomésticos; de indumentaria; los productos del tabaco; la metalurgia, maquinaria y equipos; el calzado; la gráfica, ediciones e impresiones; la industria de la madera y muebles; de juguetes; de cementos; los productos textiles; las manufacturas de cuero; los neumáticos; bicicletas y motos; de química y petroquímica; de celulosa y papel; de plásticos y subproductos, y de cerámicos.
  • Berazategui: retomarán la actividad la metalúrgica, maquinaria y equipos, y la reapertura de los productos del tabaco 
  • Tres de Febrero: al igual que el anterior reabre la metalúrgica, maquinaria y equipos, plásticos y subproductos.

"Las actividades e industrias mencionadas en el artículo 1° quedan autorizadas para funcionar, conforme los protocolos aprobados por el Decreto N° 459/20 y lo dispuesto por la autoridad sanitaria nacional (IF-2020-33702115-APN-SSMEIE#MS)", dice el texto de la decisión administrativa.

Y según el documento: "En todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo coronavirus".

Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad o industria exceptuadas por la presente.

Las empleadoras y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores, y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros.

La Provincia de Buenos Aires deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades e industrias referidas en el artículo 1°, pudiendo limitar el alcance de la excepción a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios, o establecer requisitos específicos para su desarrollo que atiendan a la situación epidemiológica local y a las características propias del lugar, con el fin de minimizar el riesgo de propagación del virus.

Las excepciones otorgadas a través del artículo 1º de la presente podrán ser dejadas sin efecto por el Gobernador, en el marco de su competencia territorial, en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial, y conforme la evolución epidemiológica de la pandemia de Covid-19, debiendo comunicar tal decisión al Jefe de Gabinete de Ministros.

"Las personas alcanzadas para desarrollar sus actividades por esta decisión administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19", detalla el documento.

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