Crean licencia especial por violencia de género para integrantes de fuerzas de seguridad

Según la resolución 443-E/2017 del Ministerio de Seguridad, publicada en el Boletín Oficial, el beneficio alcanza al personal de la Policía Federal, Prefectura Naval, Gendarmería y Policía de Seguridad Aeroportuaria.

El Gobierno nacional oficializó hoy la creación de una ‘Licencia Especial por Violencia de Género‘ para los integrantes de las diferentes fuerzas de seguridad que dependen de la administración central.

Según la resolución 443-E/2017 del Ministerio de Seguridad, publicada en el Boletín Oficial, el beneficio "se otorgará con percepción íntegra de haberes" y alcanza al personal de la Policía Federal, Prefectura Naval, Gendarmería y Policía de Seguridad Aeroportuaria "que se encuentren o hayan atravesado cualquier tipo de violencia de género, y que por tal motivo deban ausentarse de su puesto de trabajo".

El artículo 1º de la norma aclara además que la medida "será extensiva a las/los cadetas/es, aspirantes, cursantes, alumnos/as o estudiantes candidatas/os de los Institutos de Formación/Reclutamiento".

La iniciativa "apuesta a reconocer que la violencia de género es una manifestación cultural, estructural y creciente de desigualdad y poder, con lo que se pretende, a través de esta inclusión, garantizar un derecho laboral no reconocido como tal", según los considerandos de la resolución.

La licencia podrá ser solicitada por los efectivos cuando sean víctimas de violencia "intrafamiliar" o "en caso de violencia al interior de las Fuerzas", y el pedido deberá ser acompañado "siempre de una denuncia policial o el inicio de un sumario administrativo, según corresponda".

En el caso de hechos de violencia familiar, ‘la licencia se otorga por un plazo de 3 días hábiles administrativos... con un máximo de 30 días hábiles administrativos por año calendario, pudiendo extenderse únicamente por decisión del Centro Integral de Género (CIG) y de la Dirección de Ejecución de Políticas de Género y Diversidad del Ministerio.

En tanto, cuando se trate de hechos dentro mismo de una fuerza, "dependerá de la fundamentación de los especialistas del CIG que emitieron la solicitud de licencia, teniendo en primer término un plazo máximo de 15 días hábiles administrativos, siendo el mismo prorrogable".

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