Coronavirus: 220.000 pymes se anotaron para recibir el auxilio estatal en medio de la cuarentena

La AFIP habilitó el formulario para acceder a los beneficios del Programa de Asistencia de Emergencia a la Producción y al Trabajo. Hasta hoy se inscribió el 41% de las empresas registradas. Cómo sigue el calendario.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha la pre-inscripción para que las pymes puedan acceder a los beneficios del Programa de Asistencia a la Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP), lanzado en el marco de la cuarentena para auxiliar a las firmas más afectadas por el aislamiento social preventivo y obligatorio.

La inscripción debe hacerse a través del sitio web de AFIP hasta el miércoles 15 y fue lanzada en la tarde del jueves.

Este sábado, el organismo informó que ya había 220.000 empresas anotadas. Se trata del 41% del total de pymes que operan en Argentina, que, de acuerdo con registros oficiales, suman hoy 534.454 pequeñas y medianas empresas.

El registro en el ATP- AFIP tiene por objetivo en principio la prórroga de los aportes patronales que las firmas deben comenzar a cancelar la semana próxima, aunque ese padrón será el utilizado para acceder al resto de los beneficios del Decreto 332, que puso en marcha el auxilio a las empresas.

La titular de AFIP, Mercedes Marcó del Pont, resaltó que "siete de cada diez empleadores que se registraron en el programa de asistencia en la emergencia, para el trabajo y la producción, accedieron en forma inmediata a la postergación por dos meses de las contribuciones patronales".

En declaraciones a Radio Con Vos explicó que la recaudación de impuestos "se destina a financiar todas las políticas públicas desde el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) a la compra de insumos médicos para enfrentar la pandemia de Covid-19.

Consultada por una eventual postergación de impuestos, subrayó que no se "descarta ninguna medida", que siguen "de cerca a todos los sectores".

En función de eso, dijo, en el Gobierno están atentos a "tomar las medidas que sean necesarias para proteger al empleo y la producción".

Los pasos para acceder al ATP

Las firmas deben registrarse en el sitio de AFIP y entre lunes y miércoles cargar información económica de las empresas para justificar el beneficio.

Entre otros aspectos, las pymes  deben detallar ventas y compras entre mediados de marzo y el 10 de abril último.

Terminado el proceso de registro, el miércoles 15, se informará a los empleadores los beneficios obtenidos a través del domicilio fiscal electrónico (DFE) del contribuyente, comentaron desde AFIP.

Hasta el momento, del paquete de medidas que contempla el ATP solo se reglamentó la prórroga por dos meses del pago de contribuciones patronales de marzo, que vencen la semana próxima, una medida que alcanzará al 56% de las empresas con 3,5 millones de empleados,

Se trata de la reglamentación de una parte de los decretos 332 y 347, dado que todavía resta el detalle de instrumentación de la postergación o reducción (hasta 95%) de cargas patronales de abril, de los Repro y de la Asignación Compensatoria al Salario, por el cual el Estado -a través de Anses- pagará parte de las remuneraciones del personal afectado por la cuarentena.

Las empresas que pueden inscribirse en el ATP deben desarrollar como actividad principal alguna de las siguientes:

 

Ezequiel Passarelli , socio de SCI Group, planteó ante El Cronista que además de la reglamentación del resto de los beneficios, aún resta conocer los parámetros para saber qué empresa podrá acceder al auxilio y cuál no.

Cómo acceder a la postergación de aportes patronales

Como señala la Resolución General 4693/2020, la AFIP creó dentro de su sitio una sección llamada "Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP" donde deberán ingresar los empleadores que, según determine la Jefatura de Gabinete, puedan acceder a los beneficios.

Deberán hacerlo antes del miércoles 15, además de tener domicilio fiscal electrónico y clave fiscal de nivel 3. Los empleadores suministrarán la información en el servicio entre el 13 y 15 de abril, la cual será evaluada por el Comité de Asistencia de Emergencia.

Las empresas que logren acceder al beneficio pasarán a pagar los aportes patronales en junio. Las compañías cuyo CUIT termine en 0, 1, 2 y 3 deberán abonarlas el 16 de junio; aquellas cuya finalización sea 4, 5 y 6, el 17, y las firmas que concluyan en 7, 8 y 9, el 18.

 

 

Esta postergación no incluye los aportes y contribuciones relativas a la obra social, la ART y el seguro de vida obligatorio. 

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