Controlarán restaurantes y hoteles mediante factura electrónica

La AFIP derogó el Formulario 8001 que se debía presentar y archivar cada vez que se emitía una factura A y lo reemplaza por la factura electrónica para las operaciones con empresas de transporte para sus tripulaciones que excepcionalmente generan crédito fiscal.

La AFIP derogó la obligación de restaurantes y hoteles de requerir y archivar la declaración jurada generada a través del formulario 8001 cada vez que emitan una factura “A que genere crédito fiscal. Controlará el sector mediante la factura electrónica.

La medida se implementó hoy a través de la Resolución General 4520, publicada en el Boletín Oficial, mediante la cual se deroga el formulario 8001.

Este consistía en una declaración jurada en papel a presentar y archivar en oportunidad de pagar un servicio de gastronomía o alojamiento.

Estos servicios son excepcionales, ya que la factura A de restaurantes y hoteles en general no generan crédito fiscal en el IVA, por ejemplo, para un profesional que quisiera deducir el gasto. Esto se prohibió luego de mucho tiempo de abusos.

Se trata de ciertas operaciones contratadas por las empresas de transporte internacional de pasajeros o cargas, atribuibles al alojamiento y alimentación de sus tripulaciones.

A partir de hoy, la AFIP realizará esos controles utilizando la facturación electrónica que permite un control sistemático, oportuno y sin afectar las actividades comerciales de los contribuyentes, dijo un comunicado del organismo que encabeza Leandro Cuccioli.

Los restaurantes y hoteles que emitan facturas o notas de crédito y débito “A , por las operaciones que tienen restricciones en el cómputo del crédito fiscal deberán emitir la factura electrónicamente a través del servicio web de AFIP “Comprobantes en línea , o bien facturando a través de un sistema propio usando un “webservice .

Si la operación a facturar tiene un importe neto (sin considerar el IVA) mayor o igual a $ 10.000, también podrán emitirse los comprobantes clase “A alcanzados por el régimen a través de un controlador fiscal de nueva tecnología.

Este límite de $ 10.000 del importe neto gravado se actualizará por semestre calendario (enero y julio de cada año) tomando el Indice de Precios al Consumidor (IPC) publicado del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). La primera actualización será en enero de 2020.

Temas relacionados
Más noticias de AFIP

Las más leídas de Economía y Política

Destacadas de hoy

Noticias de tu interés