Cómo queda cada inversión frente al impuesto a la renta financiera
Algunos instrumentos financieros que para las personas humanas estaban exentos de Impuesto a las Ganancias, ahora están gravados. La tasa depende de si están en pesos o en dólares.
Con la decisión del Gobierno de gravar con el Impuesto a las Ganancias la renta que pueden obtener personas humanas de diversos instrumentos financieros se dan las siguientes situaciones:
Dejan de estar exentos, enumeró César Litvin, de Lisicki, Litvin & Asoc:
- Títulos públicos y bonos para residentes en el país.
- Plazos fijos en entidades financieras del país.
Estarán gravadas
- Las monedas digitales.
Siguen exentos
- Los intereses de caja de ahorro.
- Acciones que cotizan en Bolsa con autorización de la CNV.
Por otra parte, se incorpora una deducción especial para ganancias cedulares. Esto quiere decir que la renta financiera paga Impuesto a las Ganancias recién cuando supera los $ 66.917,91 en 2018.
Será actualizable anualmente por el índice Ripte, aclaró Litvin.
En cuanto a la venta de activos financieros en el exterior, para el costo computable se considera que el cálculo de la ganancia será en “moneda dura , enfatizó Litvin.
Esto quiere decir que los costos o inversiones deberán convertirse al tipo de cambio vendedor correspondiente a la fecha en que se produzca su enajenación.
La tasa del impuesto llamado cedular, porque se aplica como pago único y definitivo, sobre la renta financiera en pesos es de 5%, y en dólares o actualizable por algún otro mecanismo, de 15%.
La venta de títulos, acciones que no coticen, etc. está gravada por el Impuesto a las Ganancias al 15%.
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FUENTE: Alberto Mastandrea - BDO Argentina