Cómo queda cada inversión frente al impuesto a la renta financiera

Algunos instrumentos financieros que para las personas humanas estaban exentos de Impuesto a las Ganancias, ahora están gravados. La tasa depende de si están en pesos o en dólares.

Con la decisión del Gobierno de gravar con el Impuesto a las Ganancias  la renta que pueden obtener personas humanas de diversos instrumentos financieros se dan las siguientes situaciones:


Dejan de estar exentos, enumeró César Litvin, de Lisicki, Litvin & Asoc:

  • Títulos públicos y bonos para residentes en el país.

 

  • Plazos fijos en entidades financieras del país.

 

Estarán gravadas

  • Las monedas digitales.

 

Siguen exentos

  • Los intereses de caja de ahorro.

 

  • Acciones que cotizan en Bolsa con autorización de la CNV.

Por otra parte, se incorpora una deducción especial para ganancias cedulares. Esto quiere decir que la renta financiera paga Impuesto a las Ganancias recién cuando supera los $ 66.917,91 en 2018.

Será actualizable anualmente por el índice Ripte, aclaró Litvin.

En cuanto a la venta de activos financieros en el exterior, para el costo computable se considera que el cálculo de la ganancia será en “moneda dura , enfatizó Litvin.

Esto quiere decir que los costos o inversiones deberán convertirse al tipo de cambio vendedor correspondiente a la fecha en que se produzca su enajenación.

La tasa del impuesto llamado cedular, porque se aplica como pago único y definitivo, sobre la renta financiera en pesos es de 5%, y en dólares o actualizable por algún otro mecanismo, de 15%.

La venta de títulos, acciones que no coticen, etc. está gravada por el Impuesto a las Ganancias al 15%.

 

FUENTE: Alberto Mastandrea - BDO Argentina 

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