Cómo evitar el efecto de un eventual impuestazo en Bienes Personales

El aumento del tributo mediante la suba de los mínimos o de la tasa de imposición golpeará de lleno a quienes tienen su patrimonio en el país, pero las personas que tengan sus ahorros en el exterior cuentan con otras alternativas.

Un eventual aumento del Impuesto sobre los Bienes Personales fue criticado por especialistas porque puede provocar que más ahorros se refugien en el exterior, tiene una escasa recaudación, puede ser confiscatorio y no resuelve el problema del déficit fiscal.

Desde el sector privado, el especialista Guillermo Pérez, del Grupo GNP, dijo que para los bienes radicados en la Argentina no hay solución. "Está expuestos al Impuesto a los Bienes Personales sin posibilidades de una planificación fiscal", aseguró.

Sin embargo, en el caso de inversiones en el exterior, hay varias alternativas para evitar que "los ahorros de toda una vida" sean golpeados por un impuestazo en Bienes Personales, dijo Pérez, y enumeró las siguientes:

Trust

El trust permite proteger los ahorros en el exterior y es una figura es similar a un fideicomiso y debe ser encargada a entidades financieras reconocidas por su experiencia en el tema, porque si no está bien armada puede resultar ineficaz, indicó Pérez.

  • En ese sentido, debe tener el carácter de irrevocable para que no correr el riesgo de se considerada "transparente" desde el punto de vista legal e impositivo.
  • El contribuyente persona humana que establece el trust sobre algunos de sus bienes y ahorros en el exterior no debe ser el beneficiario de las rentas.
  • Debe delegar completamente el manejo del trust en las manos del administrador designado. Aunque, aclaró Pérez, existe la figura del "protector" que es alguien cercano al fiduciante que puede "aconsejar o sugerir decisiones a ese administrador".

Radicación

La otra posibilidad que se maneja con asiduidad es la de cambiar la residencia fiscal, por ejemplo, a Uruguay, pero para ello, recordó Pérez, se deben cumplir ciertos requisitos entre los que figuran residir en el país de destino al menos 183 días al año.

Otros requisitos que fija la ley uruguaya son:

  • También permanencia de más de 183 días del año calendario en territorio uruguayo, pero calculados de tal forma que en la práctica basta con 140 días con ausencias temporarias.
  • Radicación en Uruguay del núcleo principal o la base de sus actividades. El cobro de honorarios como director de una sociedad holding bajo la cual están protegidos los bienes ayuda mucho a cumplir con este requisito.
  • Radicación en ese país el centro de sus intereses vitales. En concreto, domicilio del cónyuge, y en caso de tenerlos, de los hijos menores.
  • Establecimiento en territorio uruguayo del núcleo de sus intereses económicos. Un inmueble en Punta del Este comprado en la década de los '70 alcanza para alcanzar el mínimo de patrimonio establecido.

Separación

Pérez sugirió una solución novedosa que sería la separación judicial de bienes y la radicación en Uruguay sólo del cónyuge que no produce los flujos económicos, con parte del patrimonio.

La separación de bienes se consigue con la presentación de la petición ante un juez, tal como prevé el nuevo Código Civil y Comercial Unificado, y permite salir del régimen de considerar "bienes gananciales" a prácticamente casi todo el patrimonio, el que ya no es obligatorio.

El régimen de separación de bienes viene regulado en los artículos 1435 a 1444 del Código, y en él cada cónyuge conserva la propiedad, libre disposición y administración de todos sus bienes.

Esos bienes pertenecerán a cada uno de los cónyuges, tanto en el caso de que los tuviesen antes de contraer matrimonio, como los que adquieran con posterior, por ejemplo, como fruto de su trabajo.

Alternativas

Para Pérez, el aumento del Impuesto a los Bienes Personales, sobre todo si supera una tasa de 1%, sería negativo para la economía, al tiempo que es un tributo que "no es significativo desde el punto de su aporte a la recaudación".

Más allá del 1% de tasa, además, dijo Pérez, sería "confiscatorio porque la tasa de las cuentas en el exterior no pasa del 2,5% o 3%, y en muchos casos, como en Alemania, la tasa es negativa". A la confiscatoriedad se llega, según el especialista, cuando esto "se toma neto del impuesto a la renta financiera y la comisión de los bancos".

El especialista sugirió que se apueste a bajar el gasto público, especialmente el gasto político, y "dejar de gastar mal", así como perseguir la evasión impositiva.

"Hoy la evasión impositiva está calculada en alrededor del 40%, y si se bajará sólo 10%, no sería necesario subir impuestos", enfatizó Pérez.

"Hoy la evasión impositiva está calculada en alrededor del 40%, y si se bajará sólo 10%, no sería necesario subir impuestos", enfatizó Pérez.

Ante un escenario en el que no se cumplieran esas premisas, Pérez consideró más probable que "se busque alternativas que ayuden a recaudar más rápido", como mantener "un tipo de cambio alto y aprovechar esto para aumentar las retenciones a las exportaciones".

Otra medida para recaudar rápido que podría tomar el próximo gobierno, anticipó Pérez, sería volver a llevar a 30% el Impuesto a las Ganancias que pagan las empresas, y que hoy después de varias rebajas, está en 25%.

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