Cómo deducir el pago del alquiler del impuesto a las Ganancias

Quienes alquilen una vivienda y no sean propietarios de un inmueble podrán deducir hasta el 40% del alquiler, con un límite anual de $ 51.967. El sistema estará operativo el próximo mes, pero será retroactivo al 1° enero.

Uno de los cambios que introdujo la reforma del impuesto a las Ganancias aprobada a fines de diciembre es la posibilidad de deducir de este gravamen hasta el 40% del pago del alquiler para aquellos contribuyentes que alquilen una vivienda.

A través del Siradig (Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias) los contribuyentes podrán ver los nuevos parámetros del gravamen que surgieron de la última reforma aprobada por el Congreso. Entre ellos, la posibilidad de deducir alquileres por hasta $ 51.967 al año.

Según informó ayer el titular de la AFIP Alberto Abad, el sistema estará habilitado entre el 1° y el 31 de marzo de este año. Allí los contribuyentes que alquilen una vivienda única y no sean titulares de inmuebles deberán enviar una copia del contrato en formato PDF, cualquiera sea su fecha de origen.

Además, en forma mensual, deberán presentar al organismo a través de internet los datos de la factura emitida por el dueño del inmueble o una inmobiliaria.

En el ejemplo que dio la AFIP, de un alquiler mensual de $ 6000 se podrá deducir hasta $ 2400 por mes, siendo el ahorro anual del impuesto de hasta $ 10.080.

En tanto, para el caso de un alquiler mensual de $ 15.000, se podrá deducir por mes $ 4330 "topeado" por ganancia mínima no imponible, y el ahorro anual será de hasta $ 18.186.

Si bien el sistema para ingresar los datos a la AFIP estará operativo a partir de marzo, la AFIP precisó que el beneficio impositivo será retroactivo al 1° de enero.

 

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