Claves para entender la reforma política que se viene en la Ciudad

Control de fondos, paridad de género y regulación de los debates son algunas de los puntos salientes del proyecto.

Los legisladores porteños comenzarán a debatir en las sesiones extraordinarias de febrero un proyecto de ley que reformará las leyes que regulan las elecciones en la Ciudad. En el comienzo del año electoral, comenzará a debatirse un proyecto que, de aprobarse, entrará en vigencia en 2019. Las claves del texto.

—Organización autónoma: se creará un organismo autárquico, denominado Agencia de Gestión Electoral (AGE), encargado de regir las elecciones, fiscalizar el financiamiento de las campañas y determinar el sistema de votación. Será su tarea promover el debate entre candidatos y controlar el escrutinio.

—Simultaneidad: una ley de 2002 establece que las elecciones para Jefe y Vicejefe de Gobierno sean convocadas en fecha distinta a la fijada para elegir Presidente y Vicepresidente. Desde el Gobierno argumentan que eso “le quita al distrito la posibilidad de ahorrar muchos recursos que se invierten para cada elección. Con el nuevo texto, el Poder Ejecutivo de la Ciudad determinará si la elección debe o no ser simultánea.

—Tecnología electoral: el proyecto establece que el sufragio se realice por medios electrónicos confiables, debidamente auditados. La oferta electoral deberá presentarse en las pantallas de un modo igualitario y en posiciones aleatorias. A su vez, los partidos tendrán fiscales informáticos para asegurar que el blindaje de los datos.

—Financiamiento controlado: el proyecto propone “un sistema mixto público-privado e igualitario-proporcional . Las fuerzas políticas serán auditadas en todos los gastos que efectúen durante todo el año electoral y deberán rendir cuentas de sus ingresos y egresos. La malversación de fondos será pasible de sanciones económicas y electorales. Cualquier ciudadano podrá conocer los montos y la identidad de los donantes. Quedan excluidas empresas públicas y concesionarias de obra o servicios públicos.

—Debates: el texto habla de promover los debates, pero no los convierte en obligatorios. Sobre el tema hay posiciones contrapuestas: hay quienes sostienen que establecer una sanción a quien se niegue a debatir constituye una violación al derecho de libre expresión –ejercido en tal caso para mantenerse en silencio– pero desde el otro sector subrayan el acceso a la información como derecho, por lo que los candidatos estarían obligados a expresarse e informar a los ciudadanos sobre sus propuestas en un coloquio previo a la elección.

—Paridad de género: las listas de legisladores y candidatos a las comunas deberán conformarse siguiendo el modelo de “alternancia por género . Bajo esta modalidad, ninguna propuesta electoral podrá tener dos personas de un mismo sexo en orden consecutivo.

—Periodo de campaña: se inicia 30 días después de Ia convocatoria y concluye 48 horas antes de los comicios. Las PASO se convocarán 120 días antes de su realización, y las elecciones generales tendrán lugar dos meses después de la votación primaria.

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