AFIP ACLARA CÓMO HACER PARA EVITAR ATASCOS

Blanqueo: hay que ordenar la transferencia de la multa hasta el 31 para pagar 10%

La AFIP recordó que dentro de 2 días vence el plazo para exteriorizar bienes (excepto inmuebles) que superen los $ 800.000 pagando el 10% de su valor.

Al mismo tiempo, el Banco Nación informó a los contribuyentes que los ingresos de transferencias para pago del impuesto correspondiente al sinceramiento fiscal se encuentra al día, no registrándose atrasos en el registro de las operaciones respectivas y su rendición ante la AFIP.

Pero, para que no vuelven a producirse atascos, la AFIP aclaró lo siguiente:

- Si se realizó un pago por transferencia bancaria internacional por un importe menor al total del impuesto especial a ingresar, el remanente deberá ser pagado en pesos con Volante Electrónico de Pago (VEP).

- La alícuota del 10% de impuesto especial se respetará siempre que la transferencia bancaria internacional se ordene hasta el 31/12/16. Para el caso que existiera una diferencia a ingresar, la misma debe pagarse con un Volante Electrónico de Pago (VEP) hasta el último día del año, debiendo editar el importe a ingresar aunque aún no se haya recibido la notificación de la TBI desde la entidad bancaria.

- Volante de pago del Impuesto Especial desde el Exterior: deberá advertir a su entidad financiera que registre la CUIT y el código de Impuesto/ Concepto/ Subconcepto (ICS 409-366-366), el Campo 70 del mensaje Swift MT103. La falta del mismo, su cobertura errónea o incompleta, serán causales de rechazo de la transferencia recibida. Sin estos datos no se registra el pago del impuesto.

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