Bienes Personales: piden extender dos meses la repatriación por la falta de detalles de las opciones de inversión

El BICE todavía no definió cómo serán los fideicomisos en los que se podrá invertir. La CNV sí estableció los requisitos de los fondos de inversión, pero no detalló las particularidades de la "cuotaparte especial" a la que deben suscribir los contribuyentes interesados.

A seis días hábiles para el plazo de repatriación de fondos que los contribuyentes de Bienes Personales pueden realizar para pagar la alícuota local de sus activos en el exterior gravados por la tasa duplicada del tributo, todavía no se especificaron cuáles pueden ser todos los destinos del dinero que ingrese al país. Por ello, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires pidió prorrogar el plazo para la repatriación al 31 de mayo.

En el decreto 116/2020 publicado el 29 de enero en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo dispuso que los fondos repatriados tienen que representar al menos el 5% del total de los bienes del exterior alcanzados. Una vez girados a una caja de ahorro especial, estos activos disponen de tres caminos posibles.

Pueden ser pesificados en el mercado cambiario al tipo de cambio oficial, invertirse en fideicomisos orientados a la producción reglamentados por el Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE) o suscribir a cuotapartes especiales de fondos comunes de inversión definidos por la Comisión Nacional de Valores (CNV).

Estas dos últimas opciones, más atractivas que la pesificación, todavía no fueron especificadas, por lo cual para los analistas el plazo del 31 de mayo debería prorrogarse, dado que restan solamente seis días hábiles. "Aún falta la creación de los Fideicomisos de Inversión Productiva del BICE y la puesta en operatividad de los Fondos Comunes de Inversión elegibles para afectar los fondos de la repatriación", remarcó el Consejo.

El BICE todavía ultima los pormenores de los fideicomisos elegibles y aún no hay una fecha estimada en la que puedan oficializarse. El decreto 116 indica que la inversión debe mantenerse hasta el 1° de enero de 2021 para que se aplique el beneficio.

En tanto, si bien la CNV sí ya estipuló la composición de los fondos a los que se puede enviar el dinero, todavía no detalló las características particulares de la cuotaparte "especial" a la que el contribuyente puede suscribir.

Esta opción permite mantener los activos en la moneda de origen, sin pesificarlos, pero la tenencia también debe mantenerse hasta el 31 de diciembre inclusive. Aunque en la norma no está prohibido, si el contribuyente sale del fondo común antes del 1° de enero de 2021 no dispondrá de la alícuota diferencial.

El especialista impositivo Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, consideró que el plazo de repatriación debería extenderse incluso hasta fines de mayo debido a la incertidumbre que generan estas indefiniciones en particular y la pandemia del coronavirus en general.

Además, destacó que el Poder Ejecutivo puede tomar la decisión de prorrogarlo incluso después del martes 31, antes del vencimiento de la declaración jurada, en junio.

El tributarista José Luis Ceteri coincidió en la necesidad de prorrogar y percibe ciertas dudas en torno al requerimiento de abrir una caja de ahorro especial para la repatriación.

"La apertura de una cuenta 'especial' en la misma moneda en la caja de ahorro es muy sensible para muchos y les genera dudas", dijo Ceteri a El Cronista.

No obstante, Ceteri entiende que las preocupaciones del sector privado y del Gobierno hoy se concentran en temas más urgentes por la crisis de la pandemia. "Para el 31 de marzo falta un montón, hoy los problemas son día tras día", comentó.

La repatriación permite a aquellos contribuyentes alcanzados por el impuesto a los Bienes Personal y que tengan activos en el exterior evitar la alícuota doble que fijó la Ley de Solidaridad y pagar la tasa local para todos sus activos con sólo ingresar a la Argentina el 5% de los bienes alcanzados.

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