ATP: colectivos del interior recibirán el subsidio, sin importar la fase de la cuarentena

El Estado cubrirá el 50% de la nómina salarial de las empresas de colectivos interurbanos y ómnibus de larga distancia de junio sin importar si en la localidad donde están radicadas no haya aislamiento.

Las empresas de colectivos interurbanos y de ómnibus de larga distancia recibirán los beneficios del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) de junio, sin importar si en la localidad donde están radicadas rige el aislamiento obligatorio o sólo el distanciamiento en prevención por el coronavirus.

El Comité de Evaluación y Monitoreo del programa hizo lugar al pedido del Ministerio de Transporte, que solicitó que todas las firmas de colectivos que unan centros urbanos (incluyendo las de larga distancia), con una marcada presencia en el interior, reciban la asistencia salarial que cubra el 50% del sueldo de sus empleados.

Es que la cobertura de hasta $ 33.750 por empleado estaba limitada a las empresas ubicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Gran Buenos Aires, Bariloche, General Roca (Río Negro), la localidad chaqueña de San Fernando y Córdoba Capital con su conglomerado urbano, dado que se encuentran en fase de aislamiento.

Las del resto del país, si cumplen con el requisito de facturación, recibirían apenas un subsidio de un salario mínimo ($ 16.875) para aquellos trabajadores que ganen hasta $ 33.750 en mano.

Dado que las únicas excepciones a esta distinción eran las actividades de salud, turismo, cultura y cines, muchas empresas de colectivos interurbanos y a micros de larga distancia del interior quedaron con una asistencia muy acotada, señaló un informe del Ministerio de Transporte, que además remarcó que la cantidad de pasajeros bajó de casi 3 millones en febrero a 1,5 millones en marzo.

Ahora, el Comité definió que las empresas de este rubro, sin importar su ubicación, recibirán el subsidio completo que no podrá ser inferior a $ 16.875 ni superior a $ 33.750. La medida no incluye a empresas de ómnibus que hagan transportes internacionales.

El pago de las asignaciones, a cargo de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS), se efectuaría el miércoles o el jueves directamente al CBU de los empleados.

Para el resto de las actividades, las firmas que quieran recibir los beneficios deberán desarrollar alguna de las casi 800 actividades consideradas en estado crítico y haber tenido ingresos en mayo que no superen por más de 5% a los del mismo mes de 2019 en términos nominales.

Las empresas que accedan al beneficio no podrán distribuir dividendos, recomprar acciones, operar dólar contado con liqui ni hacer transferencias a paraísos fiscales por el ejercicio actual y los 12 meses siguientes. Para las de más de 800 trabajadores, las restricción es el ejercicio corriente y los 24 meses consecutivos.

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