AFIP: subió la tasa de interés que pagará cuando deba devolver impuestos

El Ministerio de Hacienda fijó como interés que pagará la AFIP cuando deba devolver impuestos en la la tasa pasiva promedio publicada por el BCRA

La AFIP pagará un interés equivalente a la tasa pasiva promedio publicada por el Banco Central de la República Argentina cuando deba devolver impuestos a los contribuyentes, a partir del 1 de agosto cuando esto entrará en vigencia.

Según Ezequiel Passarelli, esa tasa de interés equivaldría hoy a 3,09% mensual.

De acuerdo a Sebastián M. Domínguez, de SCM Asesores Tributarios, se debe tomar en realidad la tasa de junio, porque aunque empieza a regir en agosto, cada interés será aplicable por trimestre calendario, tomando la del mes anterior.

La Resolución 598/2019 publicada hoy jueves en el Boletín Oficial por el Ministerio de Hacienda sube la tasa de interés que pagará la AFIP por la "repetición" (devolución) de impuestos que desde 1991 estaba en 0,5%.

Este nivel muy bajo contrastaba con la tasa que debían pagar los contribuyentes cuando se atrasaban en sus obligaciones con la AFIP , que para el caso de interés resarcitorio es actualmente de 4,73%, aunque también varía, explicó Passarelli.

Domínguez opinó que la nueva norma puede responder a un voto de minoría del juez Carlos Rozenkrantz, de la Corte Suprema de Justicia, en la causa Compañía Mega de la semana pasada, que se pronunció contra la Resolución 314 que había fijado la tasa de interés para la devolución, y aplicó la tasa pasiva del Banco Central.

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