AFIP prorroga un beneficio que permite a pymes exportadoras postergar el pago de retenciones

El plazo vencía a fin de julio y ahora se extendió por 60 días más. Con el fin de morigerar el impacto del Covid-19 permite acogerse al beneficio a pequeñas y medianas empresas que exporten y mantengan deudas previsionales impositivas y previsionales.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso extender hasta el 30 de septiembre un beneficio que permite la postergación del pago de derechos de exportación a pequeñas y medianas empresas, aunque registren deudas impositivas y previsionales con el fisco. 

Esta medida alcanza a unas 25.000 pymes exportadoras y en el marco de las disposiciones tomadas para enfrentar los efectos del coronavirus en la actividad productiva, estuvo vigente desde principios de junio hasta fines de julio.

El organismo recaudador, a través de la Dirección General de Aduanas, dispuso ahora extenderlo por otros 60 días, a través de la Resolución General 4787/2020, que será publicada en el Boletín Oficial en las próximas horas.

"La decisión del organismo ofrece alivio financiero para las pymes  exportadoras con el objetivo de amortiguar los efectos de la pandemia del Covid-19 ", señala un comunicado del organismo.

Así, se permite a aquellas firmas comprendidas en el beneficio hacer uso del plazo de postergación para cancelar los montos correspondientes a derechos de exportación por operaciones efectuadas en este período, aunque registren deudas proevisionales o impositivas.

Las empresas que quieran acogerse a este beneficio deberán presentar como garantía una declaración jurada. Según la normativa vigente las pequeñas y medianas empresas pueden postergar los pagos de retenciones entre 15 y 120 días, de acuerdo al monto exportado o el tipo de mercadería remitida.

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