AFIP más dura: aplicará sistema de penalización sobre crédito fiscal de IVA

La administración no permitirá tomarse el crédito fiscal de IVA a los compradores cuando detecte irregularidades, pero no explicó sobre qué bases lo hará, así que será sorpresivo.

La  AFIP  impedirá al comprador tomar el crédito de IVA en las facturas electrónicas si el organismo recaudador detecta irregularidades. Pero no aclaró cuáles son esas irregularidades.

Tampoco habrá un listado de apócrifos como en el caso de los vendedores, por lo que las empresas trabajarán a ciegas.

Si al solicitarse el CAE de una factura tipo “A , la AFIP constatara determinadas inconsistencias por parte del receptor del comprobante, asignará un CAE junto con un código que identificará las irregularidades observadas, explicó el Estudio Policella.

Como consecuencia, el comprador no podrá computarse como crédito fiscal el IVA  discriminado en la factura

No va a haber un padrón de “incumplidores , no va a ser público, como en el caso de los proveedores fantasma, para los que hay una “base apoc . Va a ser caso por caso, indicó Ezequiel Passarelli:

Si una empresa quiere hacer una factura “A a otra, la AFIP detecta por sistema que tiene alguna irregularidad. Permite hacer la factura “A , pero el comprobante sale con esa doble leyenda de irregularidad que presenta el comprador. Y lo más grave, es que la AFIP expresamente impide tomarse el crédito fiscal de la venta.

Por otra parte la Resolución 4444/2019, que estableció esta medida, no presenta un listado detallado de cuáles son las inconsistencias a partir de las cuales la AFIP estará habilitada para impedir tomarse el crédito fiscal de IVA.

Por lo cual, en principio, la AFIP tendrá bastante margen de  maniobra para actuar, remarcó Passarelli, y añadió que debería salir de inmediato una norma aclaratoria diciendo expresamente ante qué inconsistencias la AFIP le puede prohibir al comprador tomarse el crédito fiscal en el IVA.

Si esta facultad de la AFIP se usa mal, podría ser una herramienta peligrosa y muy injusta para los contribuyentes, advirtió Passarelli.

Además, debería haber algún tipo de procedimiento para que el comprador se pueda quejar, en caso que la AFIP le prohíba tomarse el crédito fiscal injustamente y exista una instancia en donde pueda plantear su defensa y sea oído, abundó el especialista.

La norma tampoco plantea esa posibilidad. Es decir, no se prevé el derecho a defensa, siendo muy cuestionable también desde ese punto de vista, en caso de que, por ejemplo, se trate de algún error del sistema simplemente.

Recordemos que, en caso que el comprador se compute el crédito fiscal, a pesar de que la AFIP se lo prohíba, las multas pueden ser muy severas, concluyó Passarelli.

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