AFIP: cambio de criterio sobre el responsable de la factura A del restaurante

La AFIP ponía la responsabilidad de que la factura A se emita en restaurantes u hoteles sólo en las excepciones que corresponde en manos de los establecientos. Cambió y ahora el responsable es el receptos del comprobante

La AFIP modificó su criterio para cuando restaurantes u hoteles deben emitir factura A. Hasta ahora ponía la responsabilidad de verificar el derecho del cliente en el establecimiento. Pero, en una nueva comunicación oficial, señaló el responsable es el receptor.

“La responsabilidad de analizar y de ser factible, computar como crédito fiscal, el IVA así facturado es del cliente, según la comunicación oficial de la AFIP ahora modificada , indicó Humberto Bertazza, de Bertazza, Nicolini, Corti & Asoc.

Las prestaciones de restaurantes y hoteles, cuando la contratación tenga por finalidad, la realización de conferencias, congresos, convenciones y eventos similares, directamente relacionados con la actividad específica del contratante, dan lugar al cómputo del crédito fiscal en el IVA, recordó Bertazza.

En estos casos, como excepción, el prestador del servicio debe confeccionar las facturas y tickets facturas tipo "A" en forma electrónica o a través del servicio con clave fiscal "Comprobante en línea" o mediante web service, añadió.

En este caso, en el que se le solicita que emita comprobantes tipo "A", el emisor debe indicar el motivo de la excepción al momento de confeccionarse el comprobante.

“En la práctica, el cliente que crea tener derecho al cómputo del crédito fiscal en el IVA, deberá comunicar verbalmente tal hecho al establecimiento, indicando además el concepto de la exclusión , explicó Bertazza.

En esos términos, el establecimiento emitirá el comprobante tipo "A", que habilitará al cliente al cómputo del crédito fiscal en el IVA.

Pero tras el cambio de criterio de AFIP, será éste último el responsable de comunicar el supuesto de excepción, y el establecimiento sólo procederá a emitir el comprobante en tal sentido.

“El emisor no tiene ninguna responsabilidad al respecto, pues tampoco tiene facultades, ni le corresponde, fiscalizar la información de su cliente , enfatizó Bertazza.

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