Oficializaron el programa de desendeudamiento de las provincias

Lo hizo a través del Decreto 660/2010, publicado en el Boletín Oficial.

El Gobierno oficializó hoy el "Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas", que refinancia un pasivo de $ 65.522 millones a 20 años, con uno y medio de gracia.

Lo hizo a través del Decreto 660/2010, publicado en el Boletín Oficial, donde destacó que “las provincias en su mayoría, poseen un alto endeudamiento producto de la generación de desequilibrios financieros recurrentes durante la década de los ’90, situación que hiciera eclosión con la crisis de 2001 y 2002 .

Asimismo, señaló que “durante dichos períodos los gobiernos provinciales debieron acudir en forma permanente al endeudamiento bancario y a la emisión de títulos públicos en condiciones de altas tasas de interés .

También remarcó que los estados provinciales tuvieron que aceptar “pronunciados sobreaforos (seguros) en las garantías comprometidas sobre sus recursos coparticipables y denominación en moneda extranjera, hasta llegar a la situación de emisión de bonos de circulación en calidad de ’cuasimoneda’ en un contexto de fuertes restricciones económicas y financieras .

Además subrayó que “un importante número de provincias mantienen niveles de endeudamiento que condicionan la situación de equilibrio financiero y, por lo tanto, la sustentabilidad de sus esquemas fiscales .

En consecuencia, el Gobierno resolvió crear el Programa “con el objeto de reducir la deuda de las provincias por aplicación de los fondos disponibles del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional (ATN) y reprogramar el saldo resultante .

El Ministerio del Interior distribuirá los ATN existentes al 31 de diciembre último a través de “una aplicación financiera a favor de las provincias que ingresen al Programa .

Para ello, los estados provinciales “deberán transferir al Tesoro Nacional sus derechos sobre dichos fondos con el fin de posibilitar su aplicación a la cancelación de sus deudas al 31 de mayo de 2010 .

“Sin perjuicio de las atribuciones del Ministerio del Interior, la Secretaría de Hacienda elaborará los indicadoresreferenciados , puntualizó el Decreto.

El plazo de gracia para el pago de intereses y de la amortización del capital será hasta el 31 de diciembre de 2011.

La amortización del capital se efectuará en 227 cuotas mensuales y consecutivas equivalentes a 0,43% de la deuda resultante y una última cuota equivalente a 0,347, las que serán canceladas a partir de enero de 2012.

Los intereses se capitalizarán mensualmente hasta el 31 de diciembre de 2011 y serán pagaderos mensualmente, siendo el primer vencimiento en enero de 2012 y la tasa de interés aplicable de 6% nominal anual.

Como garantía, habrá una “afectación de las sumas a percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos .

Las provincias deberán manifestar su intención de ingresar al Programa “en un plazo de 10 días contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto .

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