La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) debe a los contribuyentes cifras millonarias por saldos a favor de dos impuestos que recaen sobre el sector productivo. De cuánto es la deuda y cómo piensa devolverlo.
Por medio del informe de gestión del jefe de Gabinete, Guillermo Francos, en la Cámara de Diputados se conoció lo que el fisco nacional cobró por adelantado del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y PAIS, antes de que se eliminará en diciembre pasado.
Respecto a este último, el Ministerio de Economía, destacó que para la devolución de percepciones ingresada en exceso en el marco del impuesto PAIS se estableció un procedimiento mediante la Resolución General 5638/25.
"En virtual del cual se reguló la metodología a aplicar para los periodos devengados enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2025. Por lo demás, dicha Resolución General determinó que el saldo a favor del impuesto PAIS podía utilizarse hasta el 30 de mayo de 2025, inclusive, por lo que, la fecha de dicho régimen se encuentra finalizado", destacaron.
A la par, la Resolución General 5720/25 regula exclusivamente la devolución de los pagos a cuenta sin causa del impuesto PAIS, para aquellos importadores que no pudieron computarlos por distintas razones -total o parcialmente-.

Con esa respuesta, el Ministerio de Economía no respondió la segunda pregunta sobre cuál es el tiempo promedio estimado para que se acrediten los fondos desde la solicitud de devolución de las percepciones del impuesto PAIS.
La cifra que adeuda el fisco nacional, a cargo de Juan Pazo, respecto al impuesto PAIS y cómo se llevará a cabo la devolución es una pregunta frecuente por parte del sector privado. Durante la participación en el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires fue una de las primeras inquietudes que les hicieron a las autoridades.
"Nosotros no podemos afectar la recaudación, tenemos determinados limites en cuanto a este tipo de devoluciones. Se intento dar satisfacción a todos los reclamos que teníamos en ese sentido y salimos rápidamente con estos orígenes para hacerlo sistémico", comentó el director de Seguridad y Evaluación de la Administración Tributaria, Hernán Cruels.
Aunque confesó, que esa situación puntual la tienen evaluada y saben perfectamente cuánto es el monto a devolver. "Seguramente, en los próximos meses vamos a instrumentar la forma de hacerlo y las condiciones para acceder", adelantó.
Pero Pazo no perdió la oportunidad de reiterar que muchos de estos problemas son heredados, a pesar de que La Libertad Avanza (LLA) esta hace un año y medio en el poder. "El impuesto PAIS es cierto que lo aumentamos y después lo bajamos, pero gran parte del problema es que tiene un carry muy importante", sostuvo.
Traslado a precios
Y a pesar de que no estaba frente a empresarios, aseguró que, a los mismos, siempre les plantea el desafío de que le levante la mano uno que no traslado el impuesto PAIS a precios. "Estamos haciendo la devolución de un impuesto que el 99,99% de las compañías lo pasaron a precios con lo cual ya lo cobraron", afirmó para justificar la demora en devolverlo.
El Cronista realizó un pedido de información pública respecto al monto que se adeuda de saldos a favor del impuesto PAIS y aseguraron que "no cuentan con la información procesada". Ante reiteradas consultas a fuentes oficiales de ARCA tampoco existieron una respuesta.
Las cifras por IVA y cómo generar la devolución
En el caso del IVA, el Ministerio de Economía si dio a conocer cuánto se adeuda. Al 18 de agosto pasado, ARCA debía $ 86.265.562.520 por la Resolución General 2000/06 y u$s 46.127.311 por la RG 1921/05 ambas con un tiempo de devolución de 150 días con el mecanismo de actualización que se fijó en la RG 3/2024.

A su vez, por la RG 4310/18, al 18 de agosto pasado, la deuda era de $ 126.180.426.501 para la cual no se estableció ningún mecanismo de actualización automática por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) a los fines de mantener su poder de compra.
Este miércoles se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5750/2025 en donde se flexibilizaron los plazos para que los contribuyentes computen las percepciones del IVA. Ahora podrán hacerlo en la declaración jurada del periodo fiscal en que fueron percibido o en cualquiera de los cinco periodos fiscales inmediatos siguiente.
"La medida comenzará a regir a partir del 1º de septiembre, y será aplicable a las declaraciones juradas del IVA, tanto originales como rectificadas que se presenten desde esa fecha en adelante", escribió el CEO de Lisicki, Litvin & Abelovich, César Litvin en X.




