Quiebras: con cambios, el Senado aprobó la ley que las suspende y vuelve a Diputados

Con 41 votos a favor y 29 en contra, la Cámara alta le dio luz verde al proyecto de ley que suspende los concursos preventivos y procesos de quiebra para asistir a las empresas que se hayan visto afectadas por la crisis económica.

Con 41 votos a favor y 29 en contra, el Senado le dio luz verde al proyecto de ley que suspende los concursos preventivos y procesos de quiebra para asistir a las empresas que se hayan visto afectadas por la crisis económica generada en el marco de la pandemia de Covid-19. Tras la incorporación de una serie de modificaciones al proyecto aprobado en Diputados por parte del bloque Frente de Todos, y que los senadores de Juntos por el Cambio no acompañaron, el texto volvió a Diputados.

Con el acompañamiento de todos los bloques, salvo la izquierda que se abstuvo, la Cámara de Diputados le había dado media sanción al proyecto que, en el marco de la pandemia, declara la emergencia de los sujetos comprendidos en los concursos y quiebras hasta 31 de marzo del año que viene, suspendiendo plazos y dando herramientas a quienes no pueden afrontar sus pagos. Pero esa fecha, fue apenas uno de los cambios que le introdujo el oficialismo en el Senado, motivo por el cual, el texto aprobado deberá volver a ser tratado en la Cámara baja.

Durante el tratamiento en comisión, algunas de las modificaciones que los senadores oficialistas le introdujeron al texto fue que se corrió hasta el 30 de junio de 2021 el cómputo de plazos en procesos de concursos y quiebras. Asimismo, se le agregó un párrafo para incluir en la norma a los procesos concursales que se hayan iniciado desde la declaración de la emergencia sanitaria por parte del Poder Ejecutivo Nacional.

De esta forma, todos los procesos iniciados antes del 1 de marzo de este año quedan fuera de los beneficios de la iniciativa. Entre las afectadas por esta modificación se encuentra la agroexportadora Vicentin, firma que el oficialismo tuvo intenciones de expropiar.  

En tanto, entre los que quedan fuera del alcance de los beneficios del proyecto de ley figuran aquellas empresas que realicen giros o transferencias al exterior, especialmente a países de baja o nula tributación, y aquellos que realicen operaciones en los denominados "dólar contado con liqui" o dólar MEP.

También quedan exceptuadas las firmas que hayan constituido cualquier activo financiero en el extranjero y no se haya efectuado su repatriación dentro del período establecido por la norma.

El proyecto aprobado ayer establece que, en el caso de los nuevos juicios iniciados a partir de la vigencia de la ley, el plazo será de 180 días pudiendo el juez, a pedido del deudor, extenderlo por única vez en 60 días adicionales.

La iniciativa también suspende "en pleno derecho y sin requerimiento de parte los procesos de ejecución de cualquier tipo de garantías de obligaciones financieras; la totalidad de las subastas judiciales y extrajudiciales, incluidas las hipotecarias y prendarias; la prescripción y caducidad de los créditos".

El proyecto aprobado en el Senado también incorporó una reducción de tasas de justicia para los procesos concursales.

Ante todas las modificaciones introducidas por el oficialismo, la oposición optó por no acompañar la versión redactada en el Senado y pidió, sin suerte, convertir en ley la versión aprobada de forma consensuada en la Cámara baja.

Ahora dependerá de la Cámara baja insistir con el proyecto que había recibido 250 votos a favor el 31 de julio o sancionar la versión aprobada ayer en el Senado. Vale recordar que, a diferencia de lo que ocurre en la Cámara alta, en Diputados el Frente de Todos no cuenta con mayoría propia.  

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