Plan de pagos pyme de AFIP o bonos reperfilados: qué conviene para pagar cargas sociales

Las pymes tienen dos opciones para pagar deuda al 31 de julio en cargas sociales. El plan de AFIP llega a 120 cuotas. Todo dependerá de la disponibilidad de fondos y el monto acumulado

A raíz del gran problema financiero que generó en las pymes el reperfilamiento de los bonos de corto plazo (Letes, Lecap, Lecer y Lelink), el Gobierno decidió permitir a las empresas que cancelen con estos títulos las deudas de cargas sociales vencidas al 31 de julio.

Si las empresas tienen fondos disponibles, les conviene comprar bonos reperfilados, ya que una deuda de $ 1.000.000 pasa a convertirse en una deuda de $ 700.000 o $ 750.000; o sea el valor al que pueden comprar los bonos, indicaron Ezequiel Passarelli, de SCI Group, y Fernando Díaz, de FDI Internacional.

En caso de no contar con los fondos, como ocurre con la mayoría de las empresas, a  las pymes todavía les queda el Plan de Pago de 120 cuotas de la AFIP, dijeron Passarelli y Díaz.

Las pymes tienen las siguientes alternativas, enumeraron los especialistas:

  • Quedarse con los Bonos Reperfilados e ingresar al Plan de Pagos Especial

Por un lado, esta alternativa implica cobrar los títulos según el nuevo cronograma de pagos, es decir, 15% al vencimiento, 25% en tres meses y el resto en seis meses.

Para cuidarse de la inflación, muchas empresas tenían invertido en Bonos el dinero para pagar los sueldos, los impuestos, comprar materia prima, etc.; es decir, el dinero necesario para funcionar, el capital de trabajo.

No hay dudas de que este nuevo cronograma de pagos las perjudicará. Algunas lo podrán esperar y otras tendrán que analizar las alternativas que siguen, para hacerse del dinero para seguir funcionando.

En ese sentido, hay que recordar que la AFIP dispuso un plan de pagos especial para pymes , de 120 cuotas, con una tasa de financiación del 2,5% mensual, para deudas vencidas al 15 de agosto del 2019.

Passarelli y Díaz pusieron el siguiente ejemplo:

Si una pyme ingresa a este plan de pagos especial, con una deuda de $ 1.000.000, recién pagará la primera cuota el 16 de diciembre (dado que, por  ser pyme no se le exige anticipo alguno y hay un plazo especial para la primera cuota), y terminará pagando $ 37.500 en dicha fecha.

Uno de los grandes problemas que existen con este Plan de Pagos Especial es que no se permiten refinanciar Planes de Pago Permanentes. Solamente se pueden reformular Planes de Pago Especiales de 60 cuotas, en este nuevo de 120 cuotas.

Por lo cual, muchas empresas que tenían sus deudas en Planes de Pago Permanentes, no podrán mejorar su situación con este Plan de Pagos Especial.

Solamente podrán mejorar su situación (ingresar al plan de 120 cuotas) aquellas empresas que tenían la deuda fuera de los planes de pago.

  • Salir a vender o a comprar, respectivamente, estos Títulos Reperfilados

Aquellas empresas que no tengan deudas vencidas al 31 de julio en concepto de Cargas Sociales (por lo cual, no pueden “usar esos bonos) y/o no quieran o no puedan esperar el nuevo cronograma de pagos, podrán vender los títulos en un mercado secundario de letras, obteniendo los fondos anticipadamente (mejora financiera), pero con una quita (pérdida económica).

Por su parte, aquellas pymes que tengan deudas vencidas al 31 de julio, pero no tengan este tipo de títulos, podrán salir a comprarlos, para aplicarlos al pago de las Cargas Sociales.

Los mercados secundarios de letras se comprimieron mucho en volumen. Los instrumentos que se negocian dejaron de ser transaccionales y pasaron a ser reperfilados.

Para tener una referencia, en estos momentos se podrían conseguir Lecap vencidas con descuentos del 25% o 30% sobre los valores nominales.

Es importante tener en cuenta que el Decreto permite utilizar letras cuyos vencimientos se hayan producido.

En este sentido, por ejemplo, hay una Letes  y una Lecap que vencieron el 30 de agosto y se podrían comprar para pagar estas deudas vencidas al 31 de julio.

Una Lecap para la que hay más mercado, se podría llegar a conseguir con esas quitas de entre el 25% y 30%.

Siguiendo con el ejemplo de deuda de $ 1.000.000, Passarelli y Díaz calcularon que la empresa que tiene deuda vencida al 31 de julio pagaría entre $ 700.000 y $ 750.000 para hacerse de estos Bonos Reperfilados, y la pyme que los posee recibiría el dinero en forma anticipada, no tendría que esperar el cronograma reperfilado.

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