

El plan de pago a 10 años que lanzó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) el viernes pasado omitió un requisito clave que estuvo en todos sus predecesores de la gestión de Ricardo Echegaray en el organismo recaudador: el mantenimiento de la cantidad de personal empleado durante todo el lapso del beneficio. Hoy se podrá despedir trabajadores y seguir gozando de las facilidades de la AFIP.
Otra diferencia importante es que el plan no caducará por la falta de cumplimiento de obligaciones posteriores.
El régimen está destinado a contribuyentes en proceso de fiscalización que acepten el ajuste que pretende realizar la AFIP.
Además, permite la reformulación de planes anteriores que hayan entrado en mora. Esto complicará las estrategias recaudatorias del sucesor de Echegaray en la AFIP, dado que la mayoría de los planes vigentes son el régimen permanente de 6 meses, los que ahora ya no se podrán contar como recaudación del año próximo sino que se pagarán en 120 en cuotas no inferiores a $ 150 por un interés de 1,35%.
Al admitir también regularizar el impuesto por salidas no documentadas (pagos con facturas truchas o a proveedores inexistentes), puede funcionar como una especie de blanqueo caro para quienes tienen incrementos patrimoniales no justificados y contingencias de este tipo.
Según explicó Marcelo Rodríguez, de MR Consultores, se tiene que tener en cuenta que una contingencia que supera los $ 400.000 da lugar a la acción penal simple, pero si hay facturas apócrifas en la operación, no hace falta superar también los $ 4 millones para que la acción penal sea agravada y no excarcelable. Para evitar esto el único mecanismo que prevé la ley es la exteriorización espontánea. En este marco, puede servir la especie de blanqueo que admite esta moratoria, aunque caro: si se suman las alícuotas de 21% de IVA y 35% de Ganancias, da un interés de 56%, más multas que puedan recaer, más Ingresos Brutos de la ciudad de Buenos Aires o provincial, tal vez.
Ese "blanqueo" caro consistiría en que se permite rectificar todas las declaraciones juradas que hayan vencido con anterioridad a septiembre de 2015, y esto pueden hacerlo empresas y personas físicas, puntualizó Iván Sasovsky del estudio del mismo nombre.
"Con este plan, si no declaré ventas en 2009 y necesito justificar incremento patrimonial, lo rectifico y financio a 10 años a 1,35%", remarcó Sasovsky.
En otro orden, los monotributistas podrán ponerse al día con la AFIP, asimismo, en cómodas cuotas con este mecanismo.
El plan es generoso en materia de caducidad, ya que el contribuyente quedará fuera del mismo a los dos meses de cuota impaga si eligió pagar en 12 meses, pero si optó por los 10 años, recién perderá el beneficio por el sexto incumplimiento consecutivo, algo impensado en anteriores planes de AFIP que venían siendo restrictivos.


