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El Gobierno oficializó este viernes una modificación en la reglamentación de la Ley de Defensa del Consumidor que apunta a agilizar gestiones y reducir tiempos cuando se realizan reclamos. Lo hizo a través del Decreto 377/2026.

El texto oficial establece un mecanismo de pago voluntario para proveedores que hayan cometido infracciones administrativas. Qué condiciones deben cumplir para acceder a este beneficio.

Defensa al Consumidor: cómo funciona el “pago voluntario”

Según la nueva norma, los sancionados podrán acceder a una reducción del 50% del monto de la multa si aceptan el cargo y abonan la suma en un periodo de 10 días hábiles. Esta medida busca agilizar la resolución de conflictos, reducir la litigiosidad judicial y optimizar los costos operativos del Estado, según apunta el Gobierno.

La nueva medida modifica el procedimiento sancionatorio previsto en la Ley 24.240. Desde ahora, los proveedores sancionados podrán abonar solo la mitad del monto de la multa si consienten la resolución y realizan el pago dentro de los diez días hábiles desde la notificación.

Según el texto oficial, el objetivo es reducir la litigiosidad administrativa y judicial, agilizar los expedientes y disminuir costos tanto para el Estado como para los privados involucrados.

Sin embargo, el beneficio se pierde si se apela la resolución y el monto final nunca podrá ser menor al mínimo legal vigente. El decreto aclara además que, incluso con la reducción, el monto final nunca podrá ser inferior al mínimo establecido por la propia Ley de Defensa del Consumidor para este tipo de infracciones.

Desde el Ejecutivo remarcaron que el mecanismo ya existe en distintas jurisdicciones locales y en otras normas vinculadas al comercio interior, por lo que ahora se decidió incorporarlo al régimen nacional de defensa del consumidor.

El decreto

Ley de Defensa al Consumidor by Cronista.com