Ganancias: ¿los intereses de plazos fijos de 2019 tienen que pagar Renta Financiera?

La exención dispuesta por la Ley de Solidaridad no explicita ninguna fecha de vigencia, a diferencia del proyecto que envió el Ejecutivo, lo que generó un contrapunto entre la AFIP y especialistas tributarios.

Dos años después de que se creara el impuesto a la renta financiera dentro de la reforma tributaria, el Congreso aprobó a través de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva la exención del tributo a los ingresos obtenidos tanto por la compraventa de instrumentos financieros como por los intereses de los depósitos a plazo fijo en pesos sin cláusula de ajuste.

No obstante, si bien el texto del proyecto en su artículo n° 32 preveía que la suspensión de la carga sería a partir del año fiscal 2020, en el tratamiento en Diputados se desdobló la norma en dos artículos: en el n° 32 se fijó la exención para los ingresos generados por la compraventa de títulos a partir del presente ciclo fiscal y en el n° 33 se estableció la exención para los intereses de plazos fijos en pesos y de otros instrumentos en pesos, pero sin fecha de vigencia.

Esta omisión implica que el artículo n° 33 entra en vigor con la publicación de la ley en el Boletín Oficial, por lo que la exención para los intereses de plazos fijos debería regir desde el 23 de diciembre de 2019. Como el impuesto a la renta financiera, que está dentro de Ganancias, es un tributo de ejercicio y se computa de enero a diciembre, cualquier modificación anterior del 31 de diciembre aplicaría para todo el año fiscal

La publicación en el Boletín Oficial del 23 de diciembre: el artículo n° 33, sin fecha de vigencia.

Fuentes oficiales de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) rechazaron esta interpretación y aseguraron a El Cronista que la lectura correcta es que estos intereses de 2019 sí quedan afectados por el impuesto.

El organismo argumenta que el desdoblamiento del artículo, a pesar de la omisión de la fecha, no cambió la intención de los diputados que impulsaron el proyecto original.

De todos modos, el Ministerio de Economía enviará una nota aclaratoria que buscará subsanar la ambigüedad.

En contrapartida, expertos en tributación señalaron que la exención de pago de renta financiera para los intereses de plazos fijos debería corresponder desde el año fiscal 2019, dado que la ley y el artículo n° 33 -sin vigencia especificada- se publicaron el 23 de diciembre. Partiendo desde esta lectura del artículo, la renta de 2019 no entraría en Ganancias.

afip
La AFIP sostiene que la exención comienza en el ciclo fiscal 2020.

El especialista Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, señaló que a partir del texto de la norma "se puede sostener que la exención es desde el año fiscal 2019", pero indicó que el Gobierno entiende que se trata de un error de redacción y que asegura la intención de los legisladores era aplicarla desde el período fiscal 2020, como sí está explícito en el artículo n° 32.

"Seguramente esto se va a resolver antes del plazo para presentar las declaraciones juradas de Ganancias", consideró Domínguez en diálogo con este medio. 

El experto Ricardo Paolina, socio de Lisicki, Litvin & Asociados, también entiende que la ley exime a los intereses de los plazos fijos desde 2019, dado que según su lectura el artículo n° 33 se puso en vigor el 23 de diciembre e incluye todo el año en la exención.

"La norma permite interpretar la exención desde 2019 y estamos dispuestos a defender esta postura. El Poder Ejecutivo puede decir que su intención al elevar proyecto era que las exenciones comiencen en el año fiscal 2020, pero puede argumentarse que los legisladores al desdoblar buscaron agregar la exención para los intereses de 2019", indicó.

El impuesto a la Renta Financiera fue introducido a fines de 2017 con la reforma tributaria impulsada por la administración de Mauricio Macri y fija una alícuota del 5% para plazos fijos en pesos sobre el excedente de un mínimo no imponible de $ 66.917,91 anuales. Para el ciclo fiscal 2019, ese piso se situó en $ 103.018,79 en el año.

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