El congelamiento de tarifas de luz y gas seguirá por 180 días más

Así lo dispuso a través del decreto 543/2020. Además, amplió a seis la cantidad de facturas impagas desde marzo necesarias para que los prestadores de servicios de luz, gas, agua y telecomunicaciones den de baja al usuario. Hasta hoy, la norma permitía a partir de la tercera mora.

El Gobierno decidió extender el congelamiento de las tarifas de servicios de energía eléctrica y de gas natural por 180 días, por lo que los importes se mantendrán sin cambio durante un año, según lo dispuso a través del decreto 543/2020.

La ampliación del congelamiento, que vencía el 20 de junio, mantendrá las boletas de luz y gas hasta el 17 de diciembre.

"La emergencia sanitaria y el “aislamiento social, preventivo y obligatorio han imposibilitado el desarrollo de los procesos de renegociación de la revisión tarifaria vigente -ya sea esta integral o de carácter extraordinario- de los servicios públicos de electricidad y gas natural conforme al artículo n°5 de la Ley de Solidaridad", indica la norma.

La medida apunta a reducir la carga del costo tarifario sobre los hogares y las empresas, en un contexto de fuerte caída de los ingresos debido a la extensión de la cuarentena por el coronavirus e incertidumbre en cuanto a la normalización de la actividad.

Además, el decreto amplío las condiciones por las cuales las empresas prestadoras de servicios de luz, agua, gas, televisión, telefonía móvil e internet puedan dar de baja a usuarios por mora en el pago.

Ahora, sólo podrán dar de baja a aquellos clientes que no abonen seis boletas desde marzo, tanto de forma consecutiva o alterna. Hasta hoy, el decreto 311/2020 les permitía hacerlo desde la tercera factura sin pagar.

El Gobierno había suspendido inicialmente el incremento de tarifas por 180 días a partir de la sanción de la Ley de Solidaridad, que entró en vigor el 23 de diciembre de 2019, pero el congelamiento ya venía desde abril del año pasado, bajo la gestión de Mauricio Macri.

En uno de sus artículos, la norma habilitó la posibilidad de que el Ejecutivo congele el importe de las facturas de energía eléctrica y de gas natural tanto para usuarios residenciales como fabriles e intervenga durante un año en los entes reguladores de las empresas prestadoras de estos servicios, el ENRE y Enargas.

"Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a mantener las tarifas de electricidad y gas natural que estén bajo jurisdicción federal y a iniciar un proceso de renegociación de la revisión tarifaria integral vigente o iniciar una revisión de carácter extraordinario", rezaba el artículo 5° de la ley, que también invitaba a las provincias a revisar las tarifas de jurisdicción subnacional.

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