

La pelea judicial por la reforma laboral sumó un nuevo capítulo, esta vez centrado en la disputa entre fueros por el control de la causa.
El juez del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, Raúl Ojeda, rechazó la inhibitoria presentada desde el fuero Contencioso Administrativo Federal y decidió mantener el expediente bajo la órbita laboral.
La novedad se da tan sólo unos días después de que el gobierno nacional pidiera un per saltum para llevar ese expediente directamente a la Corte Suprema de Justicia.
Implica también, de hecho, un freno al intento del Gobierno de llevar el caso al fuero que considera más favorable y abre una contienda de competencia que ahora deberá resolver la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
En su resolución, el magistrado fue directo: sostuvo que la Justicia Contencioso Administrativa “no es competente en razón de la materia” y defendió la intervención del fuero laboral por la naturaleza del conflicto.
Uno de los ejes centrales del fallo es que la discusión no gira en torno a derecho administrativo sino, principalmente, sobre derecho laboral.
Según el juez, la causa involucra aspectos “individuales y colectivos del trabajo”, lo que activa la competencia específica de ese fuero.
En ese sentido, rechazó uno de los argumentos clave del Estado: que el caso debía tramitar en lo contencioso por involucrar normas de derecho público.
Ojeda calificó esa postura como “genérica” e incluso “falaz”, al señalar que la reforma impacta sobre instituciones centrales del derecho del trabajo.
El magistrado enumeró varios de esos puntos: desde el período de prueba y las indemnizaciones por despido hasta el derecho de huelga, la negociación colectiva y las prácticas sindicales. Todo, afirmó, forma parte del núcleo duro del derecho laboral.
Otro argumento fuerte del fallo apunta a la idea de “especialización”. El juez remarcó que la Justicia del Trabajo es la que cuenta con la “versación específica” para analizar este tipo de conflictos, y advirtió que desplazar la causa podría afectar el derecho al juez natural.

En esa línea, también cuestionó que la sola presencia del Estado nacional en el expediente no alcanza para trasladar el caso al fuero contencioso. Citando jurisprudencia de la Corte Suprema, sostuvo que lo determinante es la materia en discusión, no las partes involucradas.
El fallo además introduce un elemento técnico clave: la inscripción previa de la causa en el Registro de Procesos Colectivos.
Según Ojeda, este punto fue ignorado por el fuero contencioso y refuerza la regla de “prevención”, que fija la competencia en el tribunal que primero intervino.
A esto se suma el estado avanzado del expediente. El juez destacó que ya existen múltiples causas conexas —al menos 16— tramitando en el mismo juzgado, lo que torna “inconveniente” una eventual remisión a otro fuero en esta etapa del proceso.
Otro de los pasajes más duros del fallo se refiere a la interpretación de la reforma legal que buscó limitar la competencia laboral cuando interviene el Estado. Ojeda planteó que esa modificación no aplica en este caso, ya que aquí el Estado actúa como legislador y no como empleador.
Incluso fue más allá: advirtió que una lectura amplia de esa norma podría impedir el control de constitucionalidad de las leyes por parte de la Justicia laboral, lo que calificó como un “contrasentido”.
El juez también incorporó argumentos de derecho internacional. Señaló que quitar la causa del fuero especializado podría generar responsabilidad internacional para el Estado argentino, al vulnerar estándares de la Corte Interamericana sobre acceso a la justicia en materia laboral.
Con este escenario, el magistrado resolvió rechazar la inhibitoria y enviar el expediente a la Cámara del Trabajo para que dirima el conflicto de competencia con el fuero contencioso.




