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El presidente Javier Milei no mintió. En su cadena nacional sobre Malvinas, el jefe de Estado comunicó toda una serie de medidas que excedían el universo del archipiélago y el proyecto de ley que finalmente ingresó ayer a Diputados es todo eso y mucho más que no se llegó o quiso anunciar. En rigor, el grueso de su articulado excede la cuestión Malvinas para trazar una nueva arquitectura y línea de acción que modifica los márgenes de Defensa y Seguridad Nacional en la Argentina.
La denominada Ley de Defensa de la Soberanía Nacional con ocho títulos y 133 capítulos puede dividirse en dos claros hemisferios. Por un lado, endurece las sanciones contra quienes exploten recursos naturales -no solo petróleo- sin autorización argentina y ampliando el alcance sobre accionistas, proveedores y empresas vinculadas, además de los diversos actores de la cadena que hacen posible su producción. Incluso establece el juicio en ausencia y nuevos tipos penales para quienes violen la norma.
Por el otro, asoma una reforma de mucho mayor alcance sobre Defensa, Inteligencia, Fuerzas Armadas, infraestructura crítica e influencia extranjera, con impacto hasta en las campañas políticas. Es tan ambicioso y polémico en cuanto a su volumen que la normativa generó ruido dentro de la estructura del Gobierno. “Es el sueño de algunos de crearse un Estado paralelo”, lanzó con recelo un interlocutor del karinismo en diálogo con El Cronista. “No pasa”, vaticinó.
De los 133 artículos de la ley -que deroga la original de 2011, la 26.659- los primeros 40 están concentrados en el régimen de recursos naturales. A partir del Título II, en cambio, el proyecto crea una nueva arquitectura institucional destinada a coordinar la política diplomática, económica, de inteligencia y defensa frente a amenazas externas, con el Presidente y un Consejo de Seguridad Nacional como núcleo de conducción.
La Casa Rosada confirmó este jueves el envío de la iniciativa muy temprano en la mañana y la presentó oficialmente sobre tres pilares: castigar la explotación ilegítima de recursos, generar incentivos para que esas actividades cesen y otorgarle al Estado nuevas herramientas frente a amenazas externas. El propio comunicado oficial destacó la creación de un Sistema y un Consejo de Seguridad Nacional para coordinar Defensa, Economía, Cancillería e Inteligencia.

Un Consejo de Seguridad con llegada a Defensa, Economía y la SIDE
El proyecto define la Seguridad Nacional como una situación en la que se encuentran protegidos los derechos de los habitantes y las instituciones, garantizadas la soberanía y la independencia y resguardados los “intereses vitales y estratégicos” del país. Para alcanzar ese objetivo propone integrar en un único sistema las funciones diplomática, económica, cibernética, jurídica, de defensa y de inteligencia, además de la protección de infraestructura crítica y de la soberanía.
El órgano rector será el Consejo de Seguridad Nacional, presidido por el Presidente e integrado permanentemente por el jefe de Gabinete, los ministros de Relaciones Exteriores, Defensa y Economía, el secretario de Inteligencia de Estado y la Secretaría Legal y Técnica. Tendrá facultades para requerir información de manera obligatoria a cualquier organismo nacional y podrá pedir colaboración a provincias y municipios.
Su principal herramienta será una Política de Seguridad Nacional, que deberá ser aprobada por el Poder Ejecutivo y funcionará como paraguas de otras cuatro políticas sectoriales. Defensa deberá elaborar su Política de Defensa Nacional; Economía, una Política Económica de Seguridad Nacional; Cancillería, una Política Diplomática de Seguridad Nacional; y la SIDE, una Política de Inteligencia Nacional. Todas deberán ajustarse a los lineamientos fijados por el Consejo, que además controlará su ejecución.
Ese diseño desplaza el proyecto mucho más allá del conflicto por Malvinas: busca establecer una conducción permanente para situaciones que el Ejecutivo considere vinculadas con amenazas externas a la integridad territorial, infraestructura estratégica, capacidad decisoria del Estado o intereses nacionales. Y le asigna al Consejo herramientas concretas.
Ante un “riesgo o amenaza grave e inminente para la Seguridad Nacional”, el organismo podrá disponer medidas urgentes incluso antes de iniciar el procedimiento administrativo sancionatorio. Entre ellas figuran la restricción temporal de operaciones cambiarias, transferencias y pagos bancarios; límites a importaciones y exportaciones; suspensión de permisos, concesiones y contratos; bloqueo temporal de fondos y activos sometidos a jurisdicción argentina y restricciones para acceder a créditos, subsidios o beneficios públicos.
Si la amenaza involucra a un Estado extranjero, el proyecto permite además elevar temporalmente los derechos de importación y exportación, con un máximo del 75%. Las medidas deberán estar relacionadas directamente con la amenaza, tener un plazo o condición de finalización y cesar cuando desaparezcan las circunstancias que las originaron.
Se trata de un órgano inspirado en el Consejo de Seguridad Nacional de los Estados Unidos, que hace tiempo el asesor presidencial Santiago Caputo buscó adaptar a la estructura argentina. No obstante, el poder que puede concentrar bajo la firma presidencial genera suspicacias en la parte opuesta del Triángulo.

Nueva ley de defensa de la soberanía nacional: qué cambia para las Fuerzas Armadas
Otro de los capítulos centrales modifica la Ley N° 23.554, de Defensa Nacional. La norma vigente define a la Defensa en relación con agresiones de origen externo; el proyecto propone reemplazar esa formulación por otra que incluya “riesgos, amenazas y desafíos de origen externo”, sean de carácter estatal o no estatal y “cinéticos o no cinéticos”.
En términos militares, lo cinético remite al empleo de fuerza física, mientras que lo no cinético puede abarcar herramientas de otra naturaleza, como ciberataques u operaciones capaces de afectar intereses estratégicos sin una agresión militar convencional. La redacción actual de la Ley 23.554, en cambio, habla de solo de agresiones del primer tipo.
El texto también establece que las Fuerzas Armadas deberán estar preparadas para operaciones convencionales, no convencionales y “operaciones militares distintas de la guerra”. Además contempla su intervención, cuando corresponda, en la protección de infraestructuras críticas identificadas por el Consejo.
Ese concepto comprende redes, estructuras y sistemas públicos o privados considerados indispensables para servicios esenciales, salud, seguridad, defensa, economía o funcionamiento del Estado. El Consejo elaborará una estrategia y un plan nacional, mientras las provincias y la Ciudad de Buenos Aires deberán identificar y registrar las infraestructuras ubicadas en sus jurisdicciones. Cuando se trate de instalaciones binacionales o plurinacionales, se prevé coordinación con otros Estados.
La iniciativa también regula procedimientos operativos en el espacio aéreo. El Comando Conjunto Aeroespacial podrá identificar e interceptar aeronaves, calificarlas como tránsito irregular y luego hostil, realizar demostraciones de fuerza y, como último recurso, emplear medidas coercitivas para impedir la continuación del vuelo. Ese último escalón requiere una orden expresa del Presidente, que podrá delegar la facultad en el ministro de Defensa.
En el ámbito marítimo y fluvial se establecen mecanismos progresivos de vigilancia, interceptación e inspección. El proyecto contempla incluso la inutilización de una embarcación bajo determinadas autorizaciones y el hundimiento como medida extrema, que también exige autorización presidencial previa, expresa e inequívoca, aunque la facultad puede ser delegada en Defensa.
Toda utilización de la fuerza deberá quedar registrada y, cuando existan indicios de delitos, tendrá que intervenir la Justicia.
Influencia extranjera, campañas e inteligencia: las zonas grises de la nueva Ley Malvinas
Otro paquete de modificaciones apunta a lo que el proyecto denomina influencia extranjera. La iniciativa prohíbe que personas extranjeras sin residencia permanente o personas jurídicas extranjeras financien, organicen, dirijan o ejecuten actividades de campaña o propaganda electoral. La violación podrá recibir multas vinculadas con el monto involucrado. En vísperas de una campaña 2027 por comenzar, la definición laxa puede prestar a interpretaciones demasiado amplias que desalienten la participación de estrategas electorales extranjeros.
También incorpora nuevos delitos al Código Penal. Uno sanciona con entre tres y diez años de prisión a quien aporte deliberadamente recursos, documentación, identidades, instalaciones o medios técnicos capaces de facilitar de manera relevante una operación clandestina de inteligencia extranjera en territorio argentino.
Otro prevé penas de entre cinco y doce años para quien, actuando por cuenta, orden o financiamiento de un Estado u organización extranjera, procure alterar procesos electorales o manipular la opinión pública mediante “campañas coordinadas de desinformación masiva”, o promueva y financie hechos de violencia o sabotaje. La escala puede subir hasta 15 años cuando medien amenazas, sobornos, coerción o estructuras criminales.
Finalmente, el proyecto eleva a rango legal al Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET), que quedará en la órbita de la UIF e incluirá también a personas vinculadas con el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. La incorporación podrá producirse cuando existan “motivos razonables para sospechar” esa vinculación y no estará condicionada a la existencia previa de una causa penal.
La inscripción tiene consecuencias inmediatas sobre los bienes: los sujetos obligados deberán abstenerse de transferir activos identificados, mantenerlos inmovilizados e informar a la UIF. La medida deberá luego ser comunicada a un juez federal para que la ratifique, rectifique o revoque.

Así, el debate que llegará al Congreso excederá el endurecimiento de la política argentina sobre Malvinas. Bajo ese paraguas, el Ejecutivo propone también reordenar la conducción de la Seguridad Nacional, ampliar el catálogo de amenazas externas, modificar el marco de empleo de las Fuerzas Armadas y crear instrumentos económicos, financieros y penales para responder frente a actores extranjeros.
Si bien coloca al peronismo en el lugar incómodo de tener que oponerse a una ley que en parte protege los intereses sobre Malvinas, no todo el oficialismo está convencido que el Gobierno pueda conservar el impulso malvinero por mucho tiempo más. Dependerá, en gran medida, de cómo la oposición comunica los capítulos laterales de la norma conforman la columna vertebral de una nueva arquitectura de poder en la Argentina.





