

Hace algunas semanas, el Gobierno hizo oficial una medida quecambia para siempre la forma en la que los empleados públicos pueden cobrar sus salarios.
Esta nueva decisión permite, desde fines de abril, que los estatales perciban sus sueldos en otras entidades, además del Banco Nación, siendo un paso clave para que las empresas públicas no tengan privilegios a la hora de ser contratadas para brindar servicios al Estado.
A través de la Decisión Administrativa 9/2025, publicada en el Boletín Oficial, la Jefatura de Gabinete señaló: "En virtud de lo dispuesto por el artículo 50 del Decreto N° 70 del 20 de diciembre de 2023, las empresas en las que el Estado Nacional sea parte accionista no gozarán de ninguna prerrogativa de derecho público ni podrá el mismo disponer ventajas en la contratación o en la compra de bienes y servicios, ni priorizar u otorgar beneficios de ningún tipo, alcance o carácter en ninguna relación jurídica en la que intervenga".
De esta forma, el Ejecutivo adjudicó a los siguientes bancos la posibilidad de brindar el servicio de apertura, gestión y mantenimiento gratuito de cuentas sueldo para estatales por el término de tres años, con opción a prórroga por el plazo de hasta un año adicional:
- Banco Credicoop Cooperativo Limitado
- Banco Patagonia S.A.
- Banco Santander Argentina S.A.
- Industrial and Commercial Bank of China S.A.U. (ICBC).
- Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U.
- Banco de la Nación Argentina
- Banco BBVA Argentina S.A.
- Banco Macro S.A.
- Banco Supervielle S.A.
No obstante, el documenta resalta que la Comisión Evaluadora de Ofertas recomendó desestimar las ofertas del Banco Hipotecario, Banco de la Ciudad de Buenos Aires y Brubank "por resultar inadmisibles".
Tanto el Hipotecario como Brubank impugnaron la decisión, pero sus presentaciones fueron revocadas por no presentar documentación requerida en tiempo y forma, y no cumplir con los requisitos de admisibilidad formal, respectivamente.
Vale recordar que el Decreto 70/2023 contemplaba que las empresas, en las que el Estado Nacional sea parte accionista, no gozarían más de ninguna prerrogativa de derecho público ni de ventajas en la contratación o en la compra de bienes y servicios. Tampoco se le otorgarían beneficios de ningún tipo, alcance o carácter en ninguna relación jurídica en la que intervenga.
Posteriormente, a través del Decreto 747/2024, el Ejecutivo derogó en agosto del 2024 la obligación de implementar el pago de haberesal personal de las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública mediante el Banco Nación.


